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lugares que no cumplen con los requisitos que esta norma señala.
Según explicó Misseroni, este mecanismo
suele emplearse de manera doblemente
espuria, pues no sólo se habilita a tales
personas para ejercer la profesión en lugares que no cumplen con las exigencias
que la ley prevé, sino que además son
posteriormente contratadas sin haber
aprobado previamente el Examen Único
Nacional de Conocimientos de Medicina,
exigencia que la Ley N° 20.261 establece
de manera expresa para desempeñarse
en el sector público y que está siendo
burlada de manera sistemática.
Por otro lado, la Ley N° 20.816, en su
artículo 7°, establece que los médicos cirujanos que al 31 de diciembre de 2014
se encuentren contratados sin contar
con el EUNACOM, podrán mantener sus
contrataciones u honorarios por un plazo
máximo de dos años contado desde la
publicación de esta ley, debiendo aprobar dentro de ese período este examen.
Si transcurrido dicho plazo no lo hubieren aprobado, deberán cesar en sus funciones y hacer dejación de sus cargos. Sin
embargo, las autoridades continúan con
esta práctica.
Misseroni informó que el Colmed ha oficiado a las autoridades del Minsal presentando casos concretos, solicitá