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E . N . S . MIGUEL ÁNGEL ÁLVAREZ — SIEPE
Si el Consejo Académico encuentra mérito para atender la solicitud hecha por los profesores y / o el director de curso , elaborará un Acta para el Consejo Directivo , debidamente sustentada , con el fin de que éste produzca el Acuerdo y , en consecuencia , el Rector emita la resolución rectoral respectiva que legalice dicha situación , previa consulta al padre de familia o acudiente del estudiante que se promoverá en forma anticipada . Los resultados de la promoción anticipada se consignarán en el Registro Escolar de Valoración .
3 . Para el Nivel de Formación Complementaria la promoción anticipada no aplica ; pero , la institución podrá validar saberes , por un máximo de tres asignaturas , la cual se hará por medio de una evaluación general de las temáticas de cada una de ellas ; el estudiante lo debe solicitar en las primeros 2 semanas calendario del semestre para ser aplicadas en los siguientes 10 días hábiles y en caso de obtener una valoración de alto se registrará como aprobada , lo que permite al alumno ausentarse en los periodos correspondientes a estas clases .
ARTICULO DIEZ : LA GRADUACION
1 En la Institución Educativa Normal Superior Miguel Ángel Álvarez solamente habrá ceremonia de grado para los Bachilleres y Normalistas Superiores . En los otros niveles y ciclos se realizará ceremonia de clausura .
2 El título de Bachiller , se otorga a los estudiantes de grado undécimo , que hayan aprobado todos los niveles y ciclos incluyendo el once y haya cumplido todos los requisitos previos y el servicio social .
3 El título de Normalista Superior , se otorga a los estudiantes “ bachilleres con profundización en la educación ”, que terminen el cuarto semestre de la formación complementaria , o bachilleres académicos de otras modalidades que culminen el quinto semestre y hayan cumplido todos los requisitos previos : la práctica pedagógica investigativa , el servicio de proyección social y el trabajo de grado .
4 Los estudiantes que culminen su grado 9 º y hayan aprobado todas las asignaturas , recibirán un certificado , donde conste la culminación de este Nivel de Educación Básica .
ARTICULO ONCE : ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL .
Para efectos de la Valoración de los estudiantes en cada Asignatura del Plan de Estudios , se establece la siguiente escala
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