Revista TodoPirque Octubre 2020 | Page 26

MECANISMOS DE DENUNCIA :
Ante Dirección General de Aguas : a . Se debe completar Formulario de Requerimiento de Fiscalización de Denuncia y Autodenuncia que está disponible en la página web del Servicio b . En el formulario de requerimiento de fiscalización se deberán completar los siguientes antecedentes de manera obligatoria :
I . Individualización del denunciante : 1 . Nombre o razón social 2 . RUN / RUT 3 . Dirección 4 . Comuna 5 . Región
II . Representante legal o apoderado ( si corresponde ): 1 . Nombre o razón social 2 . RUN / RUT 3 . Dirección
III . Ubicación y referencias suficientes para determinar su locación .
Estimados Usuarios , en el último tiempo hemos recibido varias consultas relacionadas con el proceder en caso de pesquisar robo de agua dentro de las comunidades o entre vecinos . Es por esto que hemos querido desarrollar esta comunicación de referencia , para que así Uds . estén al tanto del procedimiento que deben efectuar o a las multas a las que se expone en caso de realizarlo .
El robo o hurto de agua está penado por el Código de Aguas y puede ser sancionado a través de la Dirección General de Aguas , mediante procedimiento sancionatorio del Código de Aguas , con multas que pueden llegar a las 1.000 UTM , sin perjuicio que lo deriven al Ministerio Público .
Hacemos presente que , en el caso del procedimiento sancionatorio a cargo de la DGA , las presunciones constituyen un medio de prueba importante .
IV . Descripción del ( de los ) hecho ( s ) concreto ( s ) que se estiman constitutivos de infracción y la forma en que se configura el perjuicio o afectación a sus derechos .
V . Fecha probable de su comisión .
VI . Firma . La denuncia deberá ser firmada por el denunciante , o bien por un apoderado debidamente acreditado ( artículo 22 Ley 19.880 ). c . Una vez presentado el formulario este es revisado por el Jefe de la Unidad de fiscalización para ver si se sigue adelante la causa o si se archiva . Efectuarán visitas al lugar , pudiendo de esta surgir otros hechos a fiscalizar a una u otra parte .
A TRAVÉS DEL MINISTERIO PÚBLICO :
a . Si Ud . tiene sistema de riego por turnos , lo primero que debe realizar es presentar ante Carabineros los turnos establecidos por su Comunidad . Es la manera que Ud . tiene de respaldar cuando existe un incumplimiento al turno .
b . Si se detecta a alguien incumpliendo con el turno , o desviando el agua intencionalmente en su favor , en desmedro de los otros regantes deberá fotografiar la intervención y constatando la ubicación geográfica de la situación ( idealmente foto de un GPS en la situación de intervención ).
c . Esta fotografía la acompañará a la denuncia ante Carabineros o PDI . Puede ser necesaria la concurrencia de Carabineros o PDI al lugar , Ud . deberá consultarlo con ellos directamente , y le sugerimos llevar al funcionario a constatar los hechos .
d . Una vez presentada la denuncia , esta debiese ser traspasada al Ministerio Público , pero se recomienda . Realice el seguimiento correspondiente para el caso que sea necesario aportar mayores antecedentes , complementar información y lo que sea necesario para darle curso y no sea archivada . En todos los casos recomendamos tener disponibles sus títulos y antecedentes necesarios para el caso que debiera incorporarlos a la investigación .
Esperamos con esto poder aclarar dudas relacionadas con el procedimiento de denuncia en caso de pesquisar intervenciones en los marcos o en la conducción del agua . Cualquier duda o información adicional que puedan requerir pueden hacerla a través del correo : info @ canaldepirque . cl . Para más información ingrese a www . canaldepirque . cl
Dagoberto Bettancourt M . Gerente ASOCIACION DE CANALISTAS CANAL DE PIRQUE
26 Ramón TODOPIRQUE Subercaseaux # 194 - Pirque
Tel .: 22 853 0353 www . canaldepirque . cl info @ canaldepirque . cl