Revista Scientific Volumen 2 / Nº 5 - Agosto-Octubre 2017 | Page 16

Carlos Javier Lizcano Chapeta. La Visión Institucional de la Geopolítica de los Recursos Hídricos en Venezuela (Estado, Nación y Gobierno). Revista Scientific - Artículo Arbitrado - Registro nº: 295-14548 - pp. BA2016000002 - Vol. 2, Nº 5 - Agosto-Octubre 2017 - pág. 9/28 ISSN: 2542-2987 - ISNI: 0000 0004 6045 0361 Constitucionalmente se coloca a la sociedad como uno de los actores prioritarios en la gestión ambiental. Este principio se reafirma en la Ley Orgánica del Ambiente al establecer la corresponsabilidad, participación y tutela efectiva de la sociedad, en su artículo 4. Otro instrumento jurídico de gran importancia, es la Ley de Aguas, al considerar el agua como un derecho humano fundamental, le otorga un carácter estratégico para el país e incorpora importantes conceptos como la gestión integral de las aguas, el bienestar humano y el desarrollo sustentable. En el siguiente cuadro se realiza una presentación de los diferentes instrumentos jurídicos establecidos por el Estado venezolano y que representa una fortaleza para el sector, ya que de allí se desprenden lineamientos para el manejo integral de los recursos hídricos. Cuadro Nº 1. Ordenamiento jurídico del Estado venezolano en el tema agua. Instrumento Jurídico Constitución Nacional Ley Orgánica del Ambiente Ley de Aguas Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Ley Orgánica para la Prestación de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento Ley de Régimen Municipal Aspecto que trata El agua como bien público. Protección del agua. Gestión integral del agua para garantizar la calidad, cantidad y disponibilidad del agua para sustentar el ciclo hidrológico. Protección de las cuencas hidrográficas. Acceso al agua como derecho humano fundamental. El agua como un bien social y como un recurso insustituible para la vida y para el desarrollo social y económico. Censo de aguas para el uso agrario. Fiscalización, control y evaluación de los servicios de agua potable y de saneamiento. Competencia municipal para la prestación del servicio de 15