Revista Scientific Volumen 2 / Nº 4 - Mayo-Julio 2017 | Page 277

e histórica en la que se desarrolla el ser humano. En este sentido, los valores tienen además de una existencia individual, una existencia supraindividual toda vez que forman parte de la realidad social como relación de significados entre los hechos de la vida social y las necesidades de la sociedad, e histórica como sistema de valores oficialmente instituidos en una sociedad concreta. La comprensión de la naturaleza objetiva-subjetiva del valor es fundamental para su educación. Porque tanto los valores más trascendentes para una sociedad como la igualdad, la justicia, la solidaridad, como los valores más específicos, por ejemplo, en el orden profesional, el amor a la profesión, la responsabilidad, son reflejados por cada persona de manera diferente en función de su historia individual, de sus intereses, capacidades; quiere decir que no siempre los valores jerarquizados oficialmente por una sociedad como los más importantes (existencia objetiva del valor) son asumidos de igual manera por los miembros de la sociedad (existencia subjetiva del valor). Esto ocurre porque la formación de valores en lo individual no es lineal y mecánica, sino que pasa por un complejo proceso de elaboración personal en virtud del cual los seres humanos, en interacción con el medio histórico-social en el que se desarrollan, construyen sus propios valores. La diferencia entre la existencia objetiva y subjetiva del valor y su expresión en la conciencia del hombre es explicada por Leontiev (2014) a través de sus conceptos, significados y sentido personal. En este sentido, González (2000) plantea que “Ningún contenido que no provoque emociones, que no estimule nuestra identidad, que no mueva fibras afectivas, puede considerarse un valor” (pág. 35), porque este se instaura a nivel psicológico de dos formas: los valores formales que regulan el comportamiento del hombre ante situaciones de presión o control externos, y creo que no son los que debemos formar, y los valores personalizados, 276 Artículo Arbitrado tiempo tiene una naturaleza objetiva que constituye parte de la realidad social