inmigrantes
y
grupos
sociales
o
sectores
que
sufren
discriminaciones particulares.
Por esto, una ciudadanía social y responsable, sostiene Yslado, (2003),
que “en la sociedad actual, la educación debe contribuir a formar personas que
puedan convivir en un clima de respeto, tolerancia, participación y libertad y
que sean capaces de construir una concepción de la realidad que integre a la
vez el conocimiento y la valoración ética y moral de la misma” (pág. 89). Esta
concepción cívica y humanista de la educación es la que propugna la
Constitución Nacional de la República Bolivariana (1999), así como la Ley
Orgánica de Educación (2009) en la educación, la formación en el respeto de
los derechos, libertades fundamentales, en el ejercicio de la tolerancia y de la
libertad.
Analizando estas bases fundamentales y legales, es importante
reflexionar acerca del espíritu de cada una de ellas, que toman en cuenta como
objetivo primero y fundamental de la educación proporcionar a estudiantes una
conceptualización de la realidad capaz de integrar el conocimiento y la
valoración ética y moral de la misma mediante la transmisión, ejercicio de los
valores que hacen posible la vida en sociedad, el respeto a derechos y
libertades fundamentales.
Cuando se trata de dar una conceptualización clara de lo que significa
una convivencia social sostiene Guerra, (2004), “hay que tomar en cuenta
diversos documentos y declaraciones internacionales” (pág. 21), es decir se
refieren a la escuela como promotora de la convivencia social y ciudadana
activa y de la cohesión social a través de la enseñanza que realiza de los
valores cívicos.
Considerando, que al hablar de ciudadanía, hay que tomar en cuenta lo
que significa ser ciudadano, por cuanto éste es miembro de una comunidad
política, y que su condición de miembro se conoce como ciudadanía, lo que
conlleva a una serie de derechos y deberes que tiene que asumir. Surge una
354
Arbitrado
indígenas,