REVISTA CONSULTORIA #76 SUPLEMENTO PYMES | Page 63
Los planes
En fechas recientes, la Ley del Seguro Social
(LSS) facilita incentivos a las compañías pa-
ra que constituyan y ofrezcan a sus traba-
jadores Planes Privados de Pensiones que
es una prestación adicional al régimen
obligatorio del Seguro Social. La CONSAR
(Comisión Nacional del Sistema de Ahorro
para el Retiro) establece los requisitos que
deben tener estos planes para poder gozar
del beneficio señalado en las Disposiciones
de Carácter General Aplicables a Planes de
Pensiones que elabora la CONSAR.
La mayoría de estos planes tienen requisitos
para que el trabajador, en caso de dejar la
empresa antes de jubilarse, tenga derecho
a retirar las aportaciones que realizó el pa-
trón, lo que se conoce como derechos ad-
quiridos. De los planes que tienen derechos
adquiridos, el 70% de ellos solicita que el tra-
bajador llegue a un periodo corto de per-
manencia en la compañía, menor a 10 años
cumplidos.
En nuestro país, el Sistema de Registro
Electrónico de Planes de Pensiones (SIREPP)
que actualmente tiene el registro con in-
formación de 2,045 Planes, promovidos por
1,835 empresas que le permiten tener a sus
trabajadores una excelente prestación adi-
cional que es un esquema voluntario de
ahorro que complementa el de las AFORES.
Los Tipos de planes de pensiones avalados
por la CONSAR que existen son:
1. Beneficio definido: El monto del be-
neficio que corresponderá a los traba-
jadores con derecho a una pensión.
2. Contribución definida: El monto por
concepto de las contribuciones que
deberán aportarse a nombre de cada
trabajador, o
3. Híbrido o Mixto: El monto de las apor-
taciones que deberán aportarse a
nombre de cada trabajador, así como
el monto de la pensión.
productividad y el ambiente laboral. En la
parte fiscal es 53% deducible y el gasto por
liquidaciones y capacitaciones de nuevos
empleados es menor.
El beneficio para los empleados no solo tiene
que ver con tener más recursos cuando se
retiren, así como también, evita que las per-
sonas que ya están en edad de retirarse se
queden más años porque el monto contem-
plado no les alcanza para vivir dignamente.
De igual manera, es importante destacar
que no es sólo un beneficio económico,
cuestión de buena imagen ni mucho menos
un gasto de tiempo o dinero como muchas
veces llega a creerse. Se trata de hacer con-
ciencia de la dignidad de vida al envejecer
y sobre todo, una forma de agradecimiento
a los empleados por dar tantos años de su
vida a la compañía.
Actualmente y bajo la óptica de iniciativas
de ley que ya han sido presentadas en la
cámara legislativa mexicana, se propone
Pagos, que a su vez sean ingresos exentos
para los trabajadores serían deducibles al
100%; así, esto supondría lo que hoy es una
deducibilidad para la empresa del 53% o
47%, se transforme en un 100%, auxiliando así
a las empresas a tener una parte angular de
deducibilidad en ISR por prácticas fiscales
correctas y prácticas empresariales exitosas.
Así también, este tipo de figuras puede au-
xiliar a las empresas a obtener diversas cer-
tificaciones que involucran otros beneficios
fiscales, así como evitar la indeseable rota-
ción de personal, todo esto se traduce en
beneficios financieros para las empresas,
que bien pueden ser reutilizados para nue-
vos puestos laborales, aumentos salariales,
compra de equipo y mobiliario, u otros que
necesite cada empresa, pues cada sector y
necesidad es completamente diferente.
Los beneficios
Hoy, estos planes privados de pensión no
solo benefician a los empleados, sino que
también ayuda a la empresa a crecer, tener
mejor imagen y reducir costos. La compañía
se da a conocer favorablemente por su la-
bor social, tiene mayor atracción de talento
y fidelidad de los colaboradores, por lo que
la rotación de personal es menor y el com-
promiso al trabajar mayor, lo cual mejora la
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