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La agenda
del próximo
gobierno
federal debe
de incorporar
el tema del
agua como una
prioridad.
AGUAS RESIDUALES
La Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos en su artículo 4 establece
que toda persona tiene derecho a un medio
ambiente sano para su desarrollo y bienestar.
La Ley General del Equilibrio Ecológico y
la Protección al Ambiente establece como
criterios: que la prevención y control de la
contaminación del agua es fundamental
para evitar que se reduzca su disponibilidad
y para proteger los ecosistemas del país.
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Asimismo, afirma que las aguas residuales
de origen urbano deben recibir tratamiento
previo a su descarga en ríos, cuencas, vasos,
aguas marinas y demás depósitos o corrientes
de agua, incluyendo las aguas del subsuelo
y que la participación y corresponsabilidad
de la sociedad es condición indispensable
para evitar la contaminación del agua.
Es por esto que, la Norma Oficial Mexicana
tiene por objeto establecer los límites
permisibles de contaminantes en las
descargas de aguas residuales, con el fin de
proteger, conservar y mejorar la calidad de
las aguas y bienes nacionales.
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SEMARNAT Implementa Nuevas Medidas para Mejorar la Calidad del Agua 29