Revista actualicese.com Revista No. 23. Agosto 2013 | Page 13

actualidad / Contable Base sobre la cual se aplican las tarifas y cálculo del valor máximo y mínimo de la contribución Según lo indica la Resolución 560004147, la base sobre la cual se han de aplicar las distintas tarifas de contribución que en ella se mencionan, estará conformada por los activos totales contables de la sociedad a diciembre 31 de 2012 o del último balance general con corte a diciembre 31 que repose en los archivos de la Supersociedades. Al respecto, debe recordarse que según el artículo 121 de la Ley 1116 de 2006, si después que la Supersociedades calcula la contribución utilizando un balance que no era el más reciente la sociedad envía justamente el más reciente, en ese caso la Supersociedades tendrá que reliquidar la contribución cobrando o devolviendo el mayor o menor valor de contribución respectiva. En todos los casos (tanto en el de las sociedades en etapas especiales de operación como en el que están en condiciones normales de operación), el monto de la contribución que liquide cada sociedad no podrá ser inferior a un salario mínimo Al respecto, podemos entender que en este año 2013 se procederá de la misma forma en que se hizo durante el 2012, pues las sociedades visitarían la sección especial del portal de la Supersociedades denominado “Estado de cuenta y pago”, para conocer la respectiva cuenta de cobro y allí mismo, usando solamente canales virtuales, se tendría que hacer el respectivo pago. El no pago oportuno originará intereses de mora calculados de la misma forma en que se calculan los intereses de mora para efectos del impuesto de renta y complementarios. Es importante tener presente que el gasto que se origine por estas contribuciones puede ser incluido por las sociedades, como un gasto deducible tanto en sus declaraciones de renta como en las declaraciones del nuevo impuesto a la renta para la equidad-CREE. En este año se procederá de la misma forma en que se procedió durante el 2012: usando solamente canales virtuales para hacer el respectivo pago. mensual vigente, $589.500, pero tampoco superior a $995.061.000. Esta última cifra se obtiene de aplicar el 1% al monto total de contribuciones que se estimó llegará a recibir por el 2013 la Supersociedades para sus gastos de funcionamiento (ver los considerandos cuarto y quinto de la resolución). Fecha para pagar la contribución del 2013 y forma de hacerlo En el artículo 3 de la Resolución 56004147 se menciona que la contribución del 2013 se tendrá que cancelar en una sola cuota, la cual vencerá dentro de los 20 días calendario siguientes a la fecha de la expedición de la cuenta de cobro que hará llegar la Supersociedades. Para ver este artículo en nuestra página, captura este QR O ve al siguiente link: http://actualice.se/8b56 ¡Creamos un paquete especial para usted con un precio increíble! para contadores su asistente LEGISMÓVIL para contadores: la herramienta práctica para sus labores diarias. Reciba boletines con noticias en áreas de su interés y acceda en línea a nuestras publicaciones especializadas para contadores. Catálogo de publicaciones en línea*: Estatuto Básico Contable Estatuto Tributario Régimen Explicado d R&V?Fw\:??Vv?2&?FV6?&6?;6?FR&V?F??V?FR&WFV?6?;6?V??gVV?FR??V?,:7F?6?FR?d?f7GW&6?;6?w\:?FR?VF??2?v?:?F?6?2<;6F?v?,:6?6??&?&?<;6F?v?,:6?6?FR6??W&6????*GV?:?&??&V6??FR????V?F???BC"????d??6?V?F??7W67&?6?;6??V??????2??V?W2?w\:?2G&?'WF&??26R7GV??,:?6???VF?6?;6?#BV?fW?6?v???W&6F????l:?F??7FV?3FRv?7F?FR#2?W7FR&?GV7F?6???6R6??W&6???&W'6??2?GW&?W2?F?7???&?RV?V?F?2FRfV?F?Vv?2?6W6?&W2W7V6???F?2?G&l:?2FR?VW7G&F?V?Ff?'GV?V?wwr??Vv?2?6???6???&???"??f?&?6?;6?6??V?:?VW6R6????:??VFR6??F7F??Vv?2&?v?L:?C#RS#??:??V?6???â??#?66?V?FT?Vv?2?6???6???v?7F?FR#0???7GV?6W6R?6??0??