Se considera tardanza cuando los alumnos no están en las formaciones o no
han ingresado al aula, al toque del timbre.
ARTÍCULO 97.- Los alumnos que lleguen al Colegio entre las 7:55 y las 8:10
a.m., ingresan por la puerta de la avenida Arica 691.
ARTÍCULO 98.- Los alumnos que lleguen después de las 8:10 a.m. ingresan
al Colegio por la puerta principal (Avenida Arica 601) y están obligados a
justificar la tardanza mediante anuario agenda firmada por el padre de familia
o apoderado. En el caso de los estudiantes de inicial y primaria deben venir
acompañados por uno de sus padres o apoderado. La hora límite de ingreso
al colegio es 10:20 a.m. Después de esta hora no podrán ingresar.
ARTÍCULO 99.- La salida de los alumnos durante el horario escolar será
solicitada a las respectivas Subdirecciones, por los padres de familia, con
anticipación, en el anuario-agenda, en la sección “Permisos y otros”. Con la
autorización respectiva, el alumno hará que su permiso sea registrado por el
responsable de la puerta.
ARTÍCULO 100.- Los padres o apoderados pueden solicitar los permisos de
manera personal ante las subdirecciones correspondientes.
ARTÍCULO 101.- Los alumnos salen del Colegio, durante el horario escolar, en
compañía de sus padres o apoderados; o solos, con autorización escrita de los
mismos, cuando se trate de alumnos de 4º y 5º de secundaria.
ARTÍCULO 102.- La salida del Colegio sin la debida autorización es falta san-
cionable con suspensión del alumno.
ARTÍCULO 103.- Los alumnos del Colegio, al salir de las aulas o del local, lo
hacen en forma ordenada manteniendo la debida corrección, lo mismo que al
trasladarse a su hogar.
ARTÍCULO 104.- Los alumnos del nivel primario, después de su hora de salida,
pueden permanecer en el Colegio hasta las 15:15 horas y, hasta las 16:00 horas,
los de secundaria. Los alumnos que permanezcan después del horario lo harán
en los espacios determinados por las Subdirecciones respectivas. En el caso