REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR JUAN XXIII | Page 45
Reglamento de Régimen Interior
CEIP Juan XXIII
9.- El alumnado de comedor permanecerá en el recinto escolar
durante el tiempo que dura el servicio. Ningún alumno podrá
abandonar el recinto, si no lo ha solicitado previamente y va
acompañado por los padres o responsables del mismo. Cuando alguna
familia deba recoger a un alumno durante el tiempo de comedor deberá
dejar constancia por escrito de este hecho.
10.- Los alumnos no podrán desplazarse libremente por las
dependencias del colegio. Sólo podrán acceder a aquellas que se les
indique.
11.- Se debe respetar el material, las dependencias, paredes,
mobiliario, jardines, arbolado, etc.
12.- Los alumnos deben observar un comportamiento solidario,
correcto y respetuoso con los demás compañeros. No se permitirán
peleas, ofensas ni trato desconsiderado con los demás.
13.- Todos los comensales deben guardar el debido respeto y
seguir las indicaciones de los monitores o personas encargadas del
servicio de comedor.
D.- SANCIONES
1.- Será motivo de sanción el incumplimiento de las normas
anteriores, así como las señaladas en el Reglamento de Régimen Interno
del Centro recogidas en el Proyecto Educativo.
2.- Las sanciones irán desde la advertencia verbal y comunicación
escrita a los padres, hasta la expulsión definitiva del comedor.
3.- La expulsión temporal del comedor es potestad del Director o
encargado del mismo.
4.- La expulsión definitiva requerirá un acuerdo del Consejo
Escolar.
5. Todas las sanciones que requieran expulsión del comedor
serán comunicadas por escrito previamente a los padres.
5.- APROBACIÓN Y REFORMA DEL REGLAMENTO.
Este reglamento se aprobó en el Consejo Escolar celebrado el día
31 de mayo de 2012 y entró en vigor en el mes de septiembre de 2012.
La modificación del mismo requerirá que sea aprobado por una mayoría
del Consejo Escolar.
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