REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR JUAN XXIII | Page 43
Reglamento de Régimen Interior
CEIP Juan XXIII
REGLAMENTO DEL COMEDOR
A.- NORMAS DE REGIMEN ECONÓMICO
El precio que los alumnos deben abonar por el servicio, tanto el
mensual para los habituales como el diario para los ocasionales, se les
indicará en el momento de hacer la inscripción. Además se expondrá en
el tablón de anuncios al comienzo del curso escolar.
1.- Los alumnos que hagan uso de forma habitual del servicio
deberán abonar el importe total del mes independientemente del
número de días que hagan uso del mismo.
2.- Quien se dé de baja en un mes concreto no podrá
reincorporarse al servicio en los dos meses siguientes, a no ser por
causas debidamente justificadas, razonadamente apreciadas por el
Consejo Escolar.
3.- Los recibos se pasarán por el Banco/Caja dentro de los cinco
primeros días de cada mes.
4.- En caso de devolución, deberán pasar por el centro y abonar el
coste del recibo más los gastos producidos. De no hacerlo antes del día
15 podrán ser dados de baja automáticamente. Podrán reincorporarse
una vez saldadas todas las cantidades adeudadas.
5.- Si algún alumno tiene deudas pendientes del curso anterior
no será admitido hasta que no sea abonado el importe adeudado.
6.- Los alumnos que hayan solicitado beca podrán quedarse al
comedor desde el primer día abonando el importe correspondiente. En
el momento en que se les conceda la misma les será devuelto el importe
abonado hasta la fecha. De no hacerlo así, podrán incorporarse al
comedor el día que se les conceda la beca.
7.- Cualquier reclamación económica o situación extraordinaria
puede presentarse por escrito y debidamente justificada al Director del
centro, quien decidirá o, si procede, el Consejo Escolar.
B.- DERECHOS DE LOS COMENSALES.
A todos los usuarios del comedor escolar les asisten los siguientes
derechos:
1.- Conocer con la debida antelación los menús a servir en el
comedor.
2.- Disfrutar de un trato correcto por parte del personal adscrito
al comedor.
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