PLAN DE CONVIVENCIA PLAN DE CONVIVENCIA JUAN XXIII | Page 82

FASE 2ª.- ESTUDIO Y VALORACIÓN Paso 4 Entrevista con los alumnos. Recogida de información Los tutores realizarán, por separado, la primera entrevista con los alumnos implicados (agresor/es, causante/s de los hechos, víctima/s, testigo/s) para aliviar tensiones, en primer lugar, y para recoger datos, reflexionar sobre lo sucedido, explicarles los pasos que se van a dar y las posibles consecuencias. El centro destinará algún sitio, a propósito, para tratar estas incidencias. Además recabarán la información necesaria utilizando diversas fuentes (Servicio de orientación, otros profesionales o miembros de la comunidad educativa...). La información se recogerá en un informe escrito que será entregado al jefe de estudios. (Anexo II). A continuación, el jefe de estudios recogerá cuanta información considere oportuna para la determinación y comprobación de los hechos y el esclarecimiento de responsabilidades susceptibles de sanción. Además, si lo estima conveniente, completará dicha información utilizando servicios externos al centro educativo (Servicios sanitarios, sociales, jurídico-policiales…). Paso 5 Valoración del conflicto Una vez recogida y contrastada toda la información, el equipo directivo 6 valorará si la conducta es constitutiva de conflicto leve (conducta contraria a las normas de convivencia) o de conflicto grave con violencia (conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro). Se dejará constancia escrita de la reunión, mediante el acta correspondiente, incluyendo los asistentes, los hechos tratados y los acuerdos tomados. A partir de este momento el director optará por una de estas dos actuaciones: 1.- Finalización del protocolo En el caso de que la conducta observada se califique como una conducta contraria a las normas de convivencia y los hechos no constituyan un conflicto grave con violencia, dará por terminada la aplicación de este protocolo de actuación. A continuación, las actuaciones, que deben llevarse a cabo, irán dirigidas a la resolución de la situación concreta y puntual planteada. La finalización del proceso puede conllevar la inclusión de medidas preventivas, correctoras y educativas con el fin de garantizar la seguridad personal, la confianza y la reparación del daño en la víctima y el cambio de actitud en el causante de los hechos. El equipo directivo y los tutores de los alumnos revisarán las medidas que, con carácter urgente y provisional, se habían adoptado tanto para el agresor o causante de los hechos como para la víctima. Las medidas provisionales que pudieran haberse decidido como consecuencia de la conducta del alumno podrán mantenerse o imponerse otras diferentes, teniendo en cuenta la valoración que se le ha dado a dicha conducta. 7 6 7 El Servicio de orientación podrá asesorar en la valoración de los hechos y la tipificación de la conducta RD 732/1995, Art. 48; RRI del centro educativo. 82