PLAN DE CONVIVENCIA PLAN DE CONVIVENCIA JUAN XXIII | Page 81

Comunicación al tutor, a los padres o representantes legales y a Inspección de Educación El equipo directivo comunicará los hechos y las medidas adoptadas al tutor o tutores correspondientes y a los padres o representantes legales. El director, cuando de la gravedad de los hechos o de la conducta del alumno se derivase la instrucción de un expediente y la adopción de algunas medidas excepcionales, comunicará a la Inspección de Educación 5 el inicio del procedimiento (Anexo III) y, más adelante, la tramitación del mismo hasta su resolución. El director, si de los hechos o conductas observadas se pudiera derivar algún grave perjuicio para la integridad, dignidad o derechos de los alumnos, podrá comunicar los hechos simultáneamente al Servicio Provincial de Educación correspondiente y a Fiscalía, Juzgado o cualquier dependencia de la Policía o Guardia Civil. 5 La información deberá llegar al Inspector de referencia y al Director del Servicio Provincial de Educación. 81