PLAN DE CONVIVENCIA PLAN DE CONVIVENCIA JUAN XXIII | Page 81
Comunicación al tutor, a los padres o representantes legales y a Inspección de Educación
El equipo directivo comunicará los hechos y las medidas adoptadas al tutor o tutores correspondientes
y a los padres o representantes legales.
El director, cuando de la gravedad de los hechos o de la conducta del alumno se derivase la instrucción
de un expediente y la adopción de algunas medidas excepcionales, comunicará a la Inspección de
Educación 5 el inicio del procedimiento (Anexo III) y, más adelante, la tramitación del mismo hasta su
resolución.
El director, si de los hechos o conductas observadas se pudiera derivar algún grave perjuicio para la
integridad, dignidad o derechos de los alumnos, podrá comunicar los hechos simultáneamente al
Servicio Provincial de Educación correspondiente y a Fiscalía, Juzgado o cualquier dependencia de la
Policía o Guardia Civil.
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La información deberá llegar al Inspector de referencia y al Director del Servicio Provincial de Educación.
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