PLAN DE CONVIVENCIA PLAN DE CONVIVENCIA JUAN XXIII | Page 75

proponen , además , una serie de documentos de apoyo en los anexos para facilitar las distintas intervenciones en el desarrollo de los protocolos .
Se trata de protocolos orientativos que necesitan ser contextualizados o adaptados a los centros y su entorno , para finalmente , tras un período de utilización , ser incluidos en los documentos institucionales de los respectivos centros , promoviendo ese tratamiento integrado de la convivencia .
Precisan de la corresponsabilidad de la comunidad educativa en la gestión de los conflictos , lo que supone la revisión y optimización de los canales de información y participación , la revisión y actualización de los documentos institucionales y el fomento de las relaciones con otros agentes sociales ( Servicios sociales , sanitarios , jurídicos , policiales …).
Estos protocolos vienen a complementar los aportados en la Guía “ Cuento Contigo ”. Esta guía consta de cuatro módulos : la convivencia entre iguales , la convivencia en la interculturalidad , la convivencia en las relaciones de género , y , convivencia profesores y alumnos . El primer módulo introduce en el concepto de la convivencia , las relaciones interpersonales y los conflictos entre iguales , a la vez que hace propuestas para favorecer la convivencia . Posteriormente se centra en el tema de acoso entre iguales ( alumnos ), por tanto si el conflicto detectado se define como acoso escolar , resultará de interés aplicar el protocolo de actuación recogido en la mencionada publicación ( pág . 92 y ss .). El resto de los módulos siguen el mismo esquema , aunque se centran en otros aspectos como la interculturalidad , las relaciones de género y la convivencia profesores-alumnos . 1
Por último , los centros docentes garantizarán las confidencialidad de los datos personales de conformidad con la Ley Orgánica 15 / 1999 , de 13 de diciembre , de Protección de Datos de Carácter Personal , así como cualquier otra información que pudiera afectar a la imagen , dignidad e intimidad personal de cualquier miembro de la comunidad educativa y de la propia institución educativa .
No obstante , el director del centro docente público o el titular del centro docente privado concertado podrán comunicar , simultáneamente al Ministerio Fiscal y al Servicio Provincial de Educación correspondiente , cualquier hecho que pudiera ser constitutivo de delito o falta penal , sin perjuicio de adoptar las medidas provisionales oportunas .
1 Pueden descargarse de internet a través de la página web del Departamento de Educación , Cultura y Deporte .
75