PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD PLAN DE ATENCION A LA DIVERSIDAD JUAN XXIII 2016-1 | Page 50
CEIP “Juan XXIII”
50010 – Zaragoza
El Departamento competente en materia educativa asegurará la participación de los padres o
tutores legales en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de sus
hijos, informando debidamente de las consecuencias que de ellas puedan derivarse.
El centro docente fomentará la colaboración e implicación de los padres o tutores legales en la
respuesta educativa a las necesidades que puedan presentar los alumnos, así como en la identificación
y evaluación de las mismas.
12.2
PROCEDIMIENTOS DE INFORMACIÓN
Evaluación psicopedagógica.
Los padres o tutores legales del alumnado serán informados mediante audiencia previa por el
tutor, y por escrito, de la necesidad de realización de la evaluación psicopedagógica. Esta evaluación no
requerirá autorización previa de los padres o tutores legales, pero se informará de dicha actuación
(Anexo VIII).
El informe psicopedagógico recogerá las conclusiones de la evaluación psicopedagógica y las
orientaciones dirigidas a la transformación y mejora de las condiciones educativas en las que se
desarrollan los procesos de enseñanza y aprendizaje. Asimismo, se contemplaran aquellas orientaciones
para favorecer el desarrollo personal y académico desde el contexto familiar y social. Dicho informe será
entregado a la familia de los alumnos por parte del Equipo de Orientación.
Determinación de la necesidad específica de apoyo educativo.
Un alumno presentará necesidad específica de apoyo educativo cuando así se determine como
resultado de la evaluación psicopedagógica; en cuyo caso, el servicio de orientación elaborará el
correspondiente informe psicopedagógica. Se incluyen en el Anexo II de la Orden 30 de julio de 2014 la
descripción de las condiciones que pueden estar en el origen de la necesidad específica de apoyo
educativo, así como sus requerimientos.
Los padres o tutores legales recibirán original de informe psicopedagógico, las propuestas de
medidas específicas extraordinarias si es el caso, así como las implicaciones que respecto a la
programación se vayan adoptar.
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