PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD PLAN DE ATENCION A LA DIVERSIDAD JUAN XXIII 2016-1 | Page 25

CEIP “Juan XXIII” 50010 – Zaragoza incorporación a un nivel INCORPORACIÓN TARDÍA al sistema educativo en las etapas inferior al correspondiente por obligatorias. Se realizará cuando se confirme la existencia de desfase edad. curricular significativo y se prevea que la adopción de dicha medida no supone un inconveniente para el desarrollo socioemocional del alumno. (La incorporación a un nivel inferior no se considera repetición de curso). Condiciones personales de PREMATURIDAD EXTREMA. Cuando su edad de nacimiento suponga un cambio de año respecto al de su edad corregida. Se aplicará en el caso de niños que accedan por primera vez a alguno de los niveles de la Educación Infantil. Se realizará cuando el alumno presente necesidades educativas b) Cambio de tipo de centro. especiales y se considere la escolarización en un tipo de centro diferente. Existen tres tipos de centro: ordinario, de atención preferente y de educación especial. La solicitud se realizará cuando el alumno presente necesidad específica de apoyo educativo por necesidades educativas especiales c) Fórmula de escolarización de grado 2 ó 3, y se considere adecuado para su desarrollo integral combinada. conjugar su escolarización entre un centro ordinario y un centro de Educación Especial. Son modificaciones de los elementos del currículo de un área que afectan de forma esencial al currículo. Suponen cambios fundamentales en los criterios de evaluación. Existe d) Adapt ación curricular DESFASE CURRICULAR cuando la diferencia entre el nivel de significativa de áreas o competencia curricular del alumno y el correspondiente al que está materias. escolarizado es igual o superior dos niveles educativos. A efectos de acreditación equivale a un área no superada. Se registrará en un documento específico que se incorporará al 25