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No obstante a esto podemos hablar los tipos de licencia en el cual hay que tener en cuenta para hablar sobre los derechos del autor para empezar el primero se llama licencia creative commons es la herramienta básica para licenciar la elaboración de las obras hechas por el representante y también para el uso de ello en donde se puede establecer y decidir en qué características va tener la licencia esto quiere decir que tiene que tener atribución donde otros pueden mostrar y copiar y de su respectiva ejecución si el autor lo solicita, visto que la segunda licencia es copyright en ella podemos encontrar una protección de las creaciones de los autores en donde en ella no se puede distribuir ni publicar sin la preséntate autorización , La tercera licencia se llama copyleft es una herramienta libre y abierta en donde el autor puede realizar las modificaciones y mejoramiento del representante archivo la cuarta licencia Arte Libre (LAL) en ella se valida la copia de publicar libremente la obra escrita por el dicho autor pero teniendo en cuenta los derechos del autor hablados antes, del mismo modo tener en cuenta que podemos usar cierta información.

Consecuencias de plagio en nuestro país

En la legislación en Colombia acobija los derechos del autor con su debida ley en donde Sanabria (2014) refuta que “La Constitución Política de 1991 en diferentes artículos y específicamente en el artículo 61, dice: el Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley” (P91). Del mismo modo podemos decir que la construcción de artículos o contenido de nosotros mimos y de diferentes personas legalmente es protegida gracias al marco legal de nuestro país, además sabemos que existen dos tipos derechos que son los morales y los patrimoniales así que en Colombia las consecuencias para los derechos morales son.

El Código Penal en el artículo 270 se refiere a la violación de los derechos morales del autor con penas aumentadas por el artículo 14 de la Ley 890 de 2004 que implica prisión de 32 a 90 meses y multa de 26,66 a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes (Sanabria, 2014,p 91). Esto quiere decir que las consecuencias de este derecho son muy graves donde muchas de las veces las personas no tiene muy claro estas leyes y el resultado no es el mejor, entonces hay que tener en muy claro este derecho para la creación de trabajo u otros aspectos que lo califica, del mismo modo como los derechos patrimoniales que establece también unas consecuencias en cuanto al marco legal que el autor explica El artículo 271 hace referencia a la violación a los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos, modificado por el artículo 2 de la Ley 1032 de 2006; el artículo 272 a la violación a los mecanismos de protección de derecho de autor y derechos conexos, y otras defraudaciones, modificado por el artículo 3 de la misma Ley 1032 de 2006 y estipula que todos aquellos que incurran en este delito sufrirán prisión de cuatro a ocho años y multa de 26,66 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (Sanabria,2014.p92).