SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE ANTIOQUIA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESCUELA NORMAL SUPERIOR MIGUEL ÁNGEL ÁLVAREZ
FRONTINO ANTIOQUIA
Nit. 811025326-6
INTRODUCCIÓN
Quizás una de las condiciones preponderantes para que se garanticen ambientes
de aprendizaje básicos para el desarrollo del currículo, es la convivencia; de hecho
la convivencia es, en sí misma, un aprendizaje práctico, permanente y con
trascendencia, vinculado al devenir social de quien aprende; saber convivir, o
aprender a vivir juntos, según lo expresaba Jaques Delors como uno de los cuatro
pilares de la educación en el documento “La Educación Encierra un Tesoro”,
preparado para la UNESCO, como orientador de la comisión internacional sobre
la educación para el siglo XXI. Este saber en convivencia se articula en momentos
esenciales del contexto nacional, con la realidad educativa: la escuela ha de ser,
por excelencia, el escenario donde se formen en contexto los ciudadanos para
afrontar la Colombia de hoy y del futuro.
En ese orden de ideas, y con el agregado de que la Escuela Normal es institución
formadora de maestros para niños y niñas de preescolar y básica primaria, el
manual de convivencia, articulado con la nueva perspectiva que se orienta desde
la norma, ha de ser el instrumento dinamizador de las relaciones interpersonales
que se experimentan en el diario acontecer, integrando todos los elementos que
se plantean para el desarrollo de una dinámica institucional armónica.
Existen múltiples elementos que confluyen en la realidad social y cultural de una
institución educativa, de manera específica de esta Escuela Normal: Comunidad
Educativa conformada por personas desde los cuatro años hasta edades muy
adultas;
concurrencia de diversas etnias; pluralidad de credos religiosos;
disparidad en la conformación de las familias de la comunidad de estudiantes
matriculados dónde aparecen cada vez más las familias monoparentales y familias
extensas; confluencia de población relacionada con el conflicto armado, algunas
personas en condición de víctimas, otras desmovilizadas e incluso otras con
miembros de la familia inmersos aún en el conflicto. Esta complejidad en el
entramado social puede obstaculizar de alguna manera la convivencia, sin
embargo puede ser también una gran oportunidad para desarrollar acciones que
armonicen las relaciones interpersonales a partir del diálogo y la pluralidad.
A este respecto, la ley 1620 y su decreto reglamentario 1965, asumidos en el
Decreto 1075 en el Título 5, crea el Sistema nacional de convivencia escolar y
formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la
sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar; constituyéndose en