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6. Fuera del horario lectivo o en el recreo, una vez que los alumnos hayan salido del edificio sólo podrán acceder al mismo con autorización de algún maestro y bajo su responsabilidad. 7. La vigilancia de recreos la establecerá, mediante turnos, el Jefe de Estudios ateniéndose a la normativa vigente. 8. Los padres o acompañantes de los alumnos no podrán entrar al edificio escolar a acompañar a los niños en las horas de entrada ni acceder a las aulas excepto en las horas de tutoría de padres. 9. En las horas de entrada, los alumnos esperarán en fila, en el patio, en los lugares marcados al efecto. Los padres deberán permanecer detrás de la raya marcada para no interrumpir las entradas. 10. No se permitirá la entrada de personas a las dependencias del centro, salvo en las horas de atención al público establecidas para ello. 11. El equipo directivo informará a los tutores correspondientes y a los profesores encargados de la vigilancia de recreos, de posibles casos en los que se vean afectados alumnos por alguna resolución judicial: orden de alejamiento, prohibición de visitas. 8.4.- Enfermedades de los alumnos. 1. Los alumnos que estén enfermos no podrán asistir al Centro mientras dure esta circunstancia. En caso de enfermedad contagiosa deben aportar el alta médica. 2. Cuando el alumno se ponga enfermo estando ya en el Centro se avisará a los familiares para que lo recojan en el colegio. 3. Cuando por enfermedad grave o accidente haya que trasladar a un alumno a un centro médico de forma urgente, el traslado será realizado por personal del Centro (designado por el Director) avisando a la familia y permaneciendo con él hasta que los familiares se hagan cargo del niño. 4. Los alumnos impedidos temporal o permanentemente para realizar actividades de E. F. u otras áreas deberán aportar el certificado médico pertinente. 5. Los maestros del Centro no suministrarán medicamentos a los alumnos salvo primeros auxilios o cuando los tutores legales aporten certificado médico en caso de enfermedades crónicas que así lo requieran. 12. En los botiquines se pondrá una relación nominal de los niños que tienen alergias. 8.5.- Conductos reglamentarios. 1. Los maestros dedicarán una hora semanal de su horario de permanencia en el Centro a la atención de padres. 2. El horario de atención a padres se especificará al comienzo de cada curso escolar en la P.G.A y se comunicará a las familias. 3. Los padres solicitarán hora de visita al maestro para una mejor atención.