6. Fuera del horario lectivo o en el recreo, una vez que los alumnos
hayan salido del edificio sólo podrán acceder al mismo con autorización
de algún maestro y bajo su responsabilidad.
7. La vigilancia de recreos la establecerá, mediante turnos, el Jefe de
Estudios ateniéndose a la normativa vigente.
8. Los padres o acompañantes de los alumnos no podrán entrar al
edificio escolar a acompañar a los niños en las horas de entrada ni
acceder a las aulas excepto en las horas de tutoría de padres.
9. En las horas de entrada, los alumnos esperarán en fila, en el patio, en
los lugares marcados al efecto. Los padres deberán permanecer detrás de
la raya marcada para no interrumpir las entradas.
10. No se permitirá la entrada de personas a las dependencias del centro,
salvo en las horas de atención al público establecidas para ello.
11. El equipo directivo informará a los tutores correspondientes y a los
profesores encargados de la vigilancia de recreos, de posibles casos en
los que se vean afectados alumnos por alguna resolución judicial: orden
de alejamiento, prohibición de visitas.
8.4.- Enfermedades de los alumnos.
1. Los alumnos que estén enfermos no podrán asistir al Centro mientras
dure esta circunstancia. En caso de enfermedad contagiosa deben aportar
el alta médica.
2. Cuando el alumno se ponga enfermo estando ya en el Centro se
avisará a los familiares para que lo recojan en el colegio.
3. Cuando por enfermedad grave o accidente haya que trasladar a un
alumno a un centro médico de forma urgente, el traslado será realizado
por personal del Centro (designado por el Director) avisando a la familia y
permaneciendo con él hasta que los familiares se hagan cargo del niño.
4. Los alumnos impedidos temporal o permanentemente para realizar
actividades de E. F. u otras áreas deberán aportar el certificado médico
pertinente.
5. Los maestros del Centro no suministrarán medicamentos a los
alumnos salvo primeros auxilios o cuando los tutores legales aporten
certificado médico en caso de enfermedades crónicas que así lo
requieran.
12. En los botiquines se pondrá una relación nominal de los niños que
tienen alergias.
8.5.- Conductos reglamentarios.
1. Los maestros dedicarán una hora semanal de su horario de
permanencia en el Centro a la atención de padres.
2. El horario de atención a padres se especificará al comienzo de cada
curso escolar en la P.G.A y se comunicará a las familias.
3. Los padres solicitarán hora de visita al maestro para una mejor
atención.