1. Ejercer sus funciones de acuerdo a la legislación vigente, al Proyecto
educativo de centro, a los proyectos curriculares de etapa y a lo
previsto en el Reglamento de Régimen Interior del centro.
2. Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y
morales, la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de
la comunidad educativa.
3. Favorecer un clima de convivencia y respeto en la comunidad
educativa.
4. Informar a la comunidad educativa de las normas de convivencia y de
las medidas correctoras aplicadas a los alumnos por conductas
contrarias a la convivencia del centro.
5. Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia y contribuir a
la mejora de la convivencia escolar.
6. Velar por la utilización de los recursos con responsabilidad y de forma
sostenible.
7. Mantener relación con las familias del alumno, informándoles de su
proceso educativo.
8. Programar, a través del ciclo, las actividades complementarias.
9. Asistir a las reuniones de claustro, ciclos, juntas de evaluación y
elaborar, en colaboración con los miembros del equipo de atención a
la diversidad, las adaptaciones curriculares.
10. Cualquier otro deber contemplado en la legislación vigente.
7.1.3.- Responsabilidad Civil
La responsabilidad civil, de las consecuencias de los actos realizados
en el ejercicio de su cargo, está cubierta por la póliza de seguros suscrita
por el Departamento de Educación de la D.G.A. para ello deberá ponerse
en conocimiento del director cualquier incidencia que pudiera ocasionar la
reclamación de dicha responsabilidad civil, para rellenar los partes a la
compañía de seguros.
7.1.4- Sobre las faltas de asistencia del profesorado
Según la normativa vigente, el profesor que por cualquier causa tenga que
faltar en horario docente, lo comunicará al Director o Jefe de Estudios, con
los documentos justificativos consiguientes.
El Director firmará y enviará a la Dirección Provincial de la DGA. el
parte de baja médica; si es menos de tres días el profesor lo
entregará en el propio colegio, si es más de tres días deberá
entregarlo directamente en la Dirección Provincial de la DGA.
Toda falta de asistencia sin justificación, bien en horas de
permanencia en el Centro, bien en horas lectivas, deberá ser de
inmediato objeto de apercibimiento por parte del Director al profesor
correspondiente. En el parte mensual deberá figurar: apercibido en
fecha…