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Podrá autorizarse la permanencia de los alumnos que no participen en estas actividades en el patio Jardines siempre y cuando no interrumpan el normal desarrollo de estas actividades. Las instalaciones interiores podrán utilizarse fuera del horario lectivo para la realización de las actividades extraescolares programadas sólo por parte de los alumnos que participen en las mismas. La permanencia de algún alumno o grupo de alumnos en dependencias del Centro fuera del horario lectivo se autorizará siempre que estén acompañados por un profesor, salvo en el uso de la biblioteca. En las condiciones que marca la legislación vigente el Centro puede ceder el uso de sus instalaciones a grupos o asociaciones, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: que no esté prevista su utilización por alumnos del Centro, que conste la petición por escrito con descripción del tiempo a utilizarlas, y la actividad a realizar y que lo autorice el Ayuntamiento. 7.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD 7.1.- PERSONAL DOCENTE Entendemos por personal docente a todo aquel que, independientemente de la situación administrativa, esté vinculado al centro por desarrollar su labor docente en el mismo, dirigiendo a los alumnos en su formación curricular. 7.1.1.- Derechos de los profesores 1. A participar en los órganos del centro. 2. A desempeñar con libertad su función docente. 3. A participar en la elaboración del Proyecto curricular de etapa, de la Programación general anual y las programaciones didácticas. 4. A participar en la vida del centro y en la gestión de la convivencia escolar. 5. A reunirse en el centro de acuerdo con la legislación vigente. 6. Al respeto, reconocimiento, colaboración y apoyo de todos los miembros de la comunidad educativa en el ejercicio de sus funciones. 7. A utilizar, de acuerdo con sus funciones, los medios materiales y las instalaciones del centro. 8. A recibir formación continua que posibilite su desarrollo personal y profesional a lo largo de su carrera docente. 9. A los demás derechos contemplados en la legislación vigente. 7.1.2.- Deberes de los profesores