Podrá autorizarse la permanencia de los alumnos que no
participen en estas actividades en el patio Jardines siempre y cuando
no interrumpan el normal desarrollo de estas actividades.
Las instalaciones interiores podrán utilizarse fuera del horario
lectivo para la realización de las actividades extraescolares
programadas sólo por parte de los alumnos que participen en las
mismas. La permanencia de algún alumno o grupo de alumnos en
dependencias del Centro fuera del horario lectivo se autorizará
siempre que estén acompañados por un profesor, salvo en el uso de la
biblioteca.
En las condiciones que marca la legislación vigente el Centro
puede ceder el uso de sus instalaciones a grupos o asociaciones,
siempre que se cumplan las siguientes condiciones: que no esté
prevista su utilización por alumnos del Centro, que conste la petición
por escrito con descripción del tiempo a utilizarlas, y la actividad a
realizar y que lo autorice el Ayuntamiento.
7.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD
7.1.- PERSONAL DOCENTE
Entendemos por personal docente a todo aquel que,
independientemente de la situación administrativa, esté vinculado al
centro por desarrollar su labor docente en el mismo, dirigiendo a los
alumnos en su formación curricular.
7.1.1.- Derechos de los profesores
1. A participar en los órganos del centro.
2. A desempeñar con libertad su función docente.
3. A participar en la elaboración del Proyecto curricular de etapa, de la
Programación general anual y las programaciones didácticas.
4. A participar en la vida del centro y en la gestión de la convivencia
escolar.
5. A reunirse en el centro de acuerdo con la legislación vigente.
6. Al respeto, reconocimiento, colaboración y apoyo de todos los
miembros de la comunidad educativa en el ejercicio de sus funciones.
7. A utilizar, de acuerdo con sus funciones, los medios materiales y las
instalaciones del centro.
8. A recibir formación continua que posibilite su desarrollo personal y
profesional a lo largo de su carrera docente.
9. A los demás derechos contemplados en la legislación vigente.
7.1.2.- Deberes de los profesores