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Marco de Complementariedad de Naciones Unidas para Vivir Bien en Bolivia 2018-2022
EPU 2014 113.45 Fortalecer el acceso al derecho a la educación en la primera infancia , sin discriminación , entre otras cosas mediante la mejora de la infraestructura educativa , con especial énfasis en la población infantil de las zonas rurales y los niños y adolescentes que viven en la calle . Poner en marcha programas de educación y formación en materia de derechos humanos , destinados a luchar contra la discriminación basada en la pertenencia étnica ; 113.2 Considerar la posibilidad de ratificar la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza , de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación , la Ciencia y la Cultura ( UNESCO ); 113.39 Adoptar todas las medidas necesarias para poner la legislación sobre trabajo infantil en consonancia con sus obligaciones internacionales y seguir ejecutando los programas de establecimiento de servicios de educación para los niños que trabajan ; 114.23 Seguir aplicando el Plan Plurinacional de Educación en Derechos Humanos en el marco del sistema de formación en derechos humanos del Estado ; 114.24 No cejar en su empeño de ampliar el acceso a la educación y el empleo ; 114.25 Seguir velando por el ejercicio del derecho a la educación para todos 114.26 Seguir fortaleciendo su acertada política de educación ; 114.27 Promover los derechos humanos mediante la educación y la formación ; 114.87 Intensificar la labor de promoción de la igualdad de género , en especial en lo que respecta a las oportunidades laborales y el acceso a la atención de la salud e incorporar componentes sobre cuestiones de género en la educación y la formación profesional ; a embarazos en la adolescencia y la falta de educación sobre la salud sexual y reproductiva y los derechos conexos en el sistema educativo . El Comité toma nota de las medidas adoptadas por el Estado parte para acabar con la violencia sexual contra las niñas en el sistema educativo . 25 . El Comité recomienda que el Estado parte : a ) Establezca un sistema de reunión de datos para evaluar el acceso de las niñas y las mujeres a todos los niveles de la enseñanza , desglosados por edad , origen étnico y condición social ; b ) Se asegure de que el programa de becas solidarias creado por el Ministerio de Educación asigne becas a las mujeres , en igualdad de condiciones con los hombres , para garantizar el acceso a la educación terciaria ; c ) Vele por que las mujeres indígenas tengan acceso a la educación de conformidad con los criterios establecidos en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas ( resolución 61 / 295 de la Asamblea General ).
Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ( CDPD ) 2016 56 . El Comité insta al Estado parte a que : a ) Adopte , aplique y supervise políticas de educación inclusiva y de calidad en todo el territorio ; b ) Promueva la matriculación de todas las personas con discapacidad , especialmente de mujeres y niños , personas de comunidades indígenas y aquellas que viven en comunidades rurales y remotas ; c ) Garantice la formación de docentes en educación inclusiva a todo nivel , en lengua de señas , braille y otros formatos accesibles de información y comunicación ; d ) Adopte una estrategia para el suministro de los ajustes razonables en las escuelas y otras instituciones de aprendizaje , ofreciendo entre otras cosas , tecnología y asistencia de apoyo en las aulas , accesibilidad y material de aprendizaje ; y e ) Se guíe por el afrobolivianos siguen sufriendo discriminación estructural en su acceso al empleo , la educación , la atención de salud y otros servicios . El Relator Especial recomienda que el Gobierno adopte medidas pertinentes para afrontar los factores estructurales subyacentes que propician la discriminación , con las consiguientes desigualdades en el disfrute de los derechos económicos , sociales y culturales , y que establezca objetivos concretos en materia de igualdad y vigile su cumplimiento .
104 . Aunque observa que principios tan importantes como el respeto de las comunidades indígenas , la no exclusión y el reconocimiento pleno de las relaciones interculturales y el plurilingüismo están profundamente arraigados en el actual sistema educativo del Estado Plurinacional de Bolivia , el Relator Especial recuerda que la prestación de servicios educativos a las comunidades y grupos indígenas excluidos debe ser objeto de especial atención . 105 . El Relator Especial expresa su preocupación ante la persistencia de los factores que obstaculizan el acceso de los pueblos indígenas a las instituciones de enseñanza superior y recomienda que el Gobierno adopte medidas adicionales para propiciar el acceso de los pueblos indígenas , los afrobolivianos y otras comunidades y grupos desfavorecidos a la educación . 106 . El Relator Especial recomienda que las escuelas y universidades desarrollen prácticas y políticas respetuosas de las diferencias culturales para propiciar el acceso de los estudiantes de comunidades y grupos desfavorecidos a
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