Derecho agrario.
Es la rama del Derecho que contiene las
Normas reguladoras de las relaciones jurídicas
Concernientes a la agricultura; su finalidad es
Atender los siguientes aspectos: problemas
De la tenencia de la tierra, diversas formas de
Propiedad y la actividad agraria.
Antecedentes:
“En la Historia de México, se denomina Porfirismo o Porfiriato, según el autor, al
periodo de 30 años durante el cual gobernó el país el general Porfirio Díaz en forma
intermitente desde 1876 (al término del gobierno de Sebastián Lerdo de Tejada),
con la interrupción del presidente Manuel González, quien gobernó de 1880 a 1884,
hasta mayo de 1911, en que renunció a la presidencia por la fuerza de la Revolución
mexicana encabezada por Madero, Francisco ,Emiliano Zapata y los hermanos
Flores Magón. Fue un periodo de estabilidad y progreso económico en el país, pero
también con severas desigualdades sociales que concluyó con un movimiento
social que trastocó las estructuras sociales, políticas y económicas de México.”
“Durante este periodo, “La situación del indígena campesino llegó a ser
desesperante, pues muchos perdieron aquella pequeña propiedad que antes
habían sido de la comunidad agraria, que luego al desamortizarse se le concedió
en propiedad privada, pues con la complicidad de las compañías deslindadoras y
con la interpretación de las leyes frente a las cuales no podía mostrar un título
primordial y perfecto, su pequeña propiedad se vio absorbida por el gran
latifundio colindante.
Plan de San Luis el 5 de octubre de 1910 (Francisco I. Madero)
“A pesar de que el Plan de San Luis era fundamentalmente un documento
político, incluyó un importantísimo artículo proponiendo la restitución de las
tierras, lo cual le permitió ofrecer una conquista social indispensable para el
derrocamiento del antiguo régimen: el apoyo de muchos pueblos, campesinos y
pequeños propietarios que habían sido afectados por las acciones de las
compañías deslindadoras que actuaron durante el Porfiriato. Este pequeño
artículo afirmaba lo siguiente: "Abusando de la ley de terrenos baldíos, numerosos
pequeños propietarios, en su mayoría indígenas, han sido desalojados de sus
terrenos [...] Siendo de toda justicia restituir a sus antiguos poseedores los terrenos
de los que se les despojó de modo tan arbitrario, se declaran sujetas a revisión tales
disposiciones y fallos y se les exigirá a los que los adquirieron de un modo tan
inmoral, o a sus herederos, que los restituyan a sus primitivos propietarios".