Memoria Sala Laboral Contencioso Administrativo 2009-2016 | Page 43

“SIETE AÑOS DE TRABAJO, FRUTOS Y PERSPECTIVAS” que también al órgano jurisdiccional ya que se economiza en un proceso laboral muy oneroso y que se encuentra actualmente saturado de carga procesal, contribuyendo ágilmente a la reducción de la mora judicial, pues cabe señalar que los 690 conciliaciones constituyen el 21% del total de los procesos sometidos a conciliación, deduciéndose que estadísticamente 1 de cada 5 juicios es conciliado. Otro dato importante es que se han realizado 1617 audiencias en juicios en donde la Demandada es una institución pública, tenido éxito en su conciliación solo en 112 procesos, lo cual constituye un éxito del 7%, lo anterior es resultado a que las instituciones públicas no tienen una cultura de conciliación; pero por otro lado cuando la demandada es una entidad privada o persona particular el porcentaje de conciliación se incremente considerablemente, porque de 1679 audiencias celebradas se conciliaron 578 procesos, lo que corresponde a un 34%, coligiéndose que un tercio de los juicios que se someten a conciliación tienen éxito. un Juez para intentar una solución rápida y pacífica de su conflicto, en donde este institución (La Conciliación), como mecanismo alternativo de solución de conflictos, es eficaz y debe permanecer en nuestros códigos, pero reiterando que con algunas reformas que la hagan más posible y operacional. Las ventajas de conciliar son mucho más favorables que las de obtener una sentencia, ya que en la conciliación se puede obtener un resultado ganador - ganador, en tanto que con una sentencia, el resultado siempre será de naturaleza ganador – perdedor. Por Fernando Cruz, Juez Conciliador “Porque Conciliando Ganamos Todos” En resumen de 3295 audiencias celebradas se han conciliado 690 juicios (21%), siendo 112 juicios conciliados de carácter público en 1617 audiencias (7%) y 578 juicios conciliados de carácter privado en 1679 audiencias (34%), con un monto conciliado de L.99,077,388.71 escapando a estas estadísticas aquellos juicios que son conciliados en forma posterior a la audiencia de conciliación y que son conciliados por las jueces que conocen del proceso, además es tal el éxito de este proyecto como alternativa para descongestionar los juzgados con competencia en lo laboral que según estadísticas de CEJDI el Juez de Conciliación tiene un alto rendimiento y productividad por lo cual fue premiado el día del servidor judicial. La Conciliación Judicial es una verdadera alternativa a la solución de conflictos y debe ser fortificada en el proceso laboral, pues si bien es cierto son pocos los procesos que terminan conciliados, también lo es que provee a las partes la oportunidad de negociar asistidos por 42 Memoria de la Sala Laboral-Contencioso Administrativo para el Período 2009-2016