Memoria Sala Laboral Contencioso Administrativo 2009-2016 | Page 43
“SIETE AÑOS DE TRABAJO, FRUTOS Y PERSPECTIVAS”
que también al órgano jurisdiccional ya que se
economiza en un proceso laboral muy oneroso y
que se encuentra actualmente saturado de carga
procesal, contribuyendo ágilmente a la reducción
de la mora judicial, pues cabe señalar que los
690 conciliaciones constituyen el 21% del
total de los procesos sometidos a conciliación,
deduciéndose que estadísticamente 1 de cada 5
juicios es conciliado.
Otro dato importante es que se han realizado
1617 audiencias en juicios en donde la
Demandada es una institución pública, tenido
éxito en su conciliación solo en 112 procesos,
lo cual constituye un éxito del 7%, lo anterior
es resultado a que las instituciones públicas no
tienen una cultura de conciliación; pero por
otro lado cuando la demandada es una entidad
privada o persona particular el porcentaje de
conciliación se incremente considerablemente,
porque de 1679 audiencias celebradas se
conciliaron 578 procesos, lo que corresponde a
un 34%, coligiéndose que un tercio de los juicios
que se someten a conciliación tienen éxito.
un Juez para intentar una solución rápida y
pacífica de su conflicto, en donde este institución
(La Conciliación), como mecanismo alternativo
de solución de conflictos, es eficaz y debe
permanecer en nuestros códigos, pero reiterando
que con algunas reformas que la hagan más
posible y operacional. Las ventajas de conciliar
son mucho más favorables que las de obtener
una sentencia, ya que en la conciliación se puede
obtener un resultado ganador - ganador, en tanto
que con una sentencia, el resultado siempre será
de naturaleza ganador – perdedor.
Por Fernando Cruz, Juez Conciliador
“Porque Conciliando Ganamos Todos”
En resumen de 3295 audiencias celebradas se
han conciliado 690 juicios (21%), siendo 112
juicios conciliados de carácter público en 1617
audiencias (7%) y 578 juicios conciliados de
carácter privado en 1679 audiencias (34%),
con un monto conciliado de L.99,077,388.71
escapando a estas estadísticas aquellos juicios
que son conciliados en forma posterior a la
audiencia de conciliación y que son conciliados
por las jueces que conocen del proceso, además
es tal el éxito de este proyecto como alternativa
para descongestionar los juzgados con
competencia en lo laboral que según estadísticas
de CEJDI el Juez de Conciliación tiene un alto
rendimiento y productividad por lo cual fue
premiado el día del servidor judicial.
La Conciliación Judicial es una verdadera
alternativa a la solución de conflictos y debe ser
fortificada en el proceso laboral, pues si bien
es cierto son pocos los procesos que terminan
conciliados, también lo es que provee a las
partes la oportunidad de negociar asistidos por
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Memoria de la Sala Laboral-Contencioso Administrativo para el Período 2009-2016