Memoria Sala Laboral Contencioso Administrativo 2009-2016 | Page 19

“SIETE AÑOS DE TRABAJO, FRUTOS Y PERSPECTIVAS” El Poder Judicial de la República de Costa Rica, representado por el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de ese país hermano, Luis Paulino Mora Mora (Q.D.D.G.) y el Poder Judicial de la República de Honduras, Jorge Rivera Aviles, sustentados en la cláusula séptima del “Convenio Marco de Colaboración Interinstitucional entre el Poder Judicial de la República de Costa Rica y la República de Honduras”, suscrito el 2 de junio de 2011, así como en el numeral tercero de la “Declaración del Primer Encuentro de Salas Laborales de las Cortes y Tribunales Supremos de Justicia de Centroamérica y el Caribe”, celebraron un acuerdo sobre gestión judicial para desarrollar un Sistema de Gestión de Calidad en la jurisdicción laboral de Honduras, concretamente para el diseño e implementación de la Norma de Gestión Integral de Calidad y Acreditación GICA-Justicia. Acuerdo con vigencia de dos (2) años, y renovable automáticamente por períodos iguales. Convenio marco de Colaboración Interinstitucional entre El Poder Judicial de la República de Costa Rica y el Poder Judicial de la República de Honduras. Desde el punto de vista formal, los Poderes Judiciales devienen obligados a brindar una atención a los usuarios del sistema de justicia de forma ágil, gratuita y con las formalidades y garantías constitucionales de cada Estado, sin embargo, dicha Tutela también debe otorgarse en aquellas acciones o pretensiones que se formulan al órgano judicial y que repercuten o requieren de actuaciones fuera del territorio nacional, dentro de las líneas principales y los mecanismos de cooperación interinstitucional establecidos en el marco del convenio, por lo que se diseña de esta forma un marco de colaboración-regulador de dichas actuaciones entre Poderes Judiciales, que incluye la prestación de servicios encaminados a la provisión de los medios necesarios para hacer que este derecho sea re al y efectivo, incluso cuando quien desea ejercerlo carezca de recursos económicos, enmarcados siempre en el principio de legalidad y dentro del ámbito de actuación para el diseño de iniciativas y acciones de cooperación en un marco de igualdad y que promueven el intercambio de información en materia de políticas de gestión judicial. Todos ellos se encuentran coordinados por los poderes judiciales de Costa Rica y Honduras, que garantiza la Seguridad Jurídica del Usuario, como sistema necesario para respetar el derecho a la defensa de los ciudadanos en la colaboración prestada o requerida. 18 Memoria de la Sala Laboral-Contencioso Administrativo para el Período 2009-2016