Memoria Sala Laboral Contencioso Administrativo 2009-2016 | Page 134
“SIETE AÑOS DE TRABAJO, FRUTOS Y PERSPECTIVAS”
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
REPUBLICA DE HONDURAS
SALA LABORAL-CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
E. Temas de Estudio
5.1 Arancel del profesional del derecho. Su aplicación y retroactividad.
20.- El Abogado José María Díaz en uso de la palabra propone la interrogante
sobre la aplicación o no del Arancel del Profesional del derecho, a efecto de
unificar criterios y saber que posición tienen los Jueces de lo Contencioso
CONVERSATORIOS SOSTENIDOS EN MATERIAS
LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Administrativo en base a la aplicación de arancel.
21.- El Abogado Reynaldo Salinas dijo ser conforme con la aplicación del Arancel
del profesional del derecho desde su vigencia y siempre y cuando sea un
profesional del derecho.22.- En uso de la palabra el Abogado Gomez Bueso indicó varios escenarios:
a.- Línea que se siguió hasta que la Sala Constitucional dijo no poder conocer del
Recurso de Inconstitucional porque el Arancel no es una Ley, sino un acto
ANEXO
administrativo emitido por un Colegio Profesional, al que se le delegó esa facultad
del Arancel.
b.- La otra es la retroactividad o no de su aplicación.
c.- Criterio aplicado por la Corte ha dicho que el Arancel es aplicable a partir de
que quede firme su sentencia.
d.- El otro escenario es el que sustentan algunos Jueces, en donde el Arancel no
tiene carácter de Ley
competencia
no obstante es emitido por un órgano que tiene la
para hacerlo y que es válido hasta tanto no sea revisado por lo
Contencioso Administrativo o bien reformado por el órgano que lo emitió o derogó,
tesis que ha prevalecido en la materia contenciosa.
d.1.- Por su parte el Abogado Zelaya Zaldaña manifestó ser del criterio de la no
aplicación del Arancel del Profesional del derecho.d.2.- El Abogado Gómez Bueso presentó la idea de formar un taller con agenda
especifica, con casos documentados, manifestando la intención de invitar a la Sala
Constitucional para unificar criterios.
d.3- Seguidamente cedida que le fue la palabra al Abogado Danery Medal, indica
que siendo el Arancel del Profesional del Derecho acto emitido por la
Administración Pública, impugnable en lo Contencioso Administrativo, el conflicto
surge cuando la Procuraduría equivocadamente se va a la Sala Constitucional
Memoria de la Sala Laboral-Contencioso Administrativo para el Período 2009-2016
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