Memoria Sala Laboral Contencioso Administrativo 2009-2016 | Page 121

“SIETE AÑOS DE TRABAJO, FRUTOS Y PERSPECTIVAS” CORTE SUPREMA DE JUSTICIA REPUBLICA DE HONDURAS SALA LABORAL-CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO d.- Nombramiento de jueces conciliadores. e.- Capacitación a los Secretarios, a efecto de que propongan la conciliación a las partes al momento de presentar la demanda. f.- Inspecciones de los jueces al Ministerio del Trabajo para ver las conciliaciones hechas. g.- Implementar en el p ortal de Internet el seguimiento de las demandantes. h.- Elaboración de un folleto informativo ilustrativo para trabajadores y patronos, tanto de la parte por vía administrativa en el Ministerio del Trabajo como de la vía jurisdiccional. i.- Dejar constancia de los juicios que luego se transan extrajudicialmente, ya que en este caso son por efecto de la audiencia de conciliación. B.- CITACIONES Y EMPLAZAMIENTO DE LAS PARTES. a.- Un punto de discusión fue el término para contestar las demandas laborales, donde surge la interrogante si se aplicará el artículo 432 del Código Procesal Civil, que establece como término treinta días o el artículo 752 del Código del Trabajo, que otorga al demando seis días, ya que con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Civil no se tipifica término por la distancia. Después de discutir el tema los concurrentes concluyeron que existiendo una norma específica en el Código del Trabajo no se puede aplicar otra supletoriamente, y en cuanto al término de la distancia no existe ningún problema debido a los avances tecnológicos de comunicación. b.- Mora Judicial causada por falta de citación y emplazamiento del demandado. 120 Memoria de la Sala Laboral-Contencioso Administrativo para el Período 2009-2016