Memoria Sala Laboral Contencioso Administrativo 2009-2016 | Page 121
“SIETE AÑOS DE TRABAJO, FRUTOS Y PERSPECTIVAS”
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
REPUBLICA DE HONDURAS
SALA LABORAL-CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
d.- Nombramiento de jueces conciliadores.
e.- Capacitación a los Secretarios, a efecto de que propongan la
conciliación a las partes al momento de presentar la demanda.
f.- Inspecciones de los jueces al Ministerio del Trabajo para ver las
conciliaciones hechas.
g.- Implementar en el p ortal de Internet el seguimiento de las
demandantes.
h.- Elaboración de un folleto informativo ilustrativo para trabajadores y
patronos, tanto de la parte por vía administrativa en el Ministerio del
Trabajo como de la vía jurisdiccional.
i.-
Dejar
constancia
de
los
juicios
que
luego
se
transan
extrajudicialmente, ya que en este caso son por efecto de la audiencia
de conciliación.
B.- CITACIONES Y EMPLAZAMIENTO DE LAS PARTES.
a.- Un punto de discusión fue el término para contestar las demandas
laborales, donde surge la interrogante si se aplicará el artículo 432 del
Código Procesal Civil, que establece como término treinta días o el
artículo 752 del Código del Trabajo, que otorga al demando seis días,
ya que con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Civil no
se tipifica término por la distancia.
Después de discutir el tema los concurrentes concluyeron que
existiendo una norma específica en el Código del Trabajo no se puede
aplicar otra supletoriamente, y en cuanto al término de la distancia no
existe ningún problema debido a los avances tecnológicos de
comunicación.
b.- Mora Judicial causada por falta de citación y emplazamiento del
demandado.
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Memoria de la Sala Laboral-Contencioso Administrativo para el Período 2009-2016