[ RECURSOS PARA BLOGGERS ]
Todo lo que debes saber
sobre la facturación
si eres blogger
POR DIANA OLIVER
S
i tienes un blog, aunque tu intención inicial haya
podido ser no monetizarlo, es probable que te
haya podido surgir algún tipo de colaboración.
Pese a que aún circula la leyenda urbana de que
esas pequeñas colaboraciones pueden facturarse
con tu documento nacional de identidad, la realidad es
que no es cierto. Te contamos cuáles son las posibilida-
des que tienes.
Puede que cuando publicaste aquella primera entrada
del blog nunca te plantearas monetizar tu bitácora. O
puede que sí. Pero la realidad es que siempre que haya
un rendimiento económico hay que declararlo y justificar
dicho ingreso. Y para eso dispones de tres caminos: ser
autónomo y emitir facturas, que la empresa con la que
colaboras te emita un recibo de pago o hacer una única
factura anual que recoja todas las colaboraciones realiza-
das a lo largo de ese año.
En el caso de darte de alta como autónomo el tipo de
retención IRPF será del 7% si el blogger inicia el ejercicio
de su actividad profesional (siempre y cuando no hubiera
ejercido ninguna actividad profesional en el año ante-
rior a la fecha de inicio de la actividad); resultando de
aplicación en el período impositivo de inicio de actividad
y en los dos siguientes. A efectos de la aplicación del tipo
reducido, el blogger deberá comunicar al pagador esta
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mama
• MAYO 2017
circunstancia. De no ser el caso, el tipo de retención IRPF
aplicable será del 15%.
ALTA COMO AUTÓNOMO
Si vamos a ejercer una actividad económica continuada
entonces sí será necesario que nos demos de alta como
autónomos. Para saber si nos va a compensar, antes
debemos tener claro que hay una serie de gastos que va-
mos a tener que afrontar como es la cuota de autónomos
(reducida los dos primeros años, completa después), las
declaraciones de IVA (cada tres meses debes hacer una
autoliquidación del IVA; tanto soportado como devenga-
do) e IRPF (también cada tres meses) y un gestor o una
asesoría que nos lleve todo el papeleo, porque a no ser
que controles mucho el tema llegar a todo es imposible.
Por eso, si tienes un blog y cobras de manera puntual
por un post patrocinado, un baner, un enlace o cualquier
otro tipo de colaboración no habitual, no te des de alta
porque en este caso hay otras opciones más interesantes
y económicas.
EMISIÓN DE RECIBOS DE PAGO
No estar dados de alta como autónomos no significa
que no tengamos que declarar la actividad que reali-
zamos cuando hay un beneficio económico detrás. En
el caso de colaboraciones puntuales o esporádicas una