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Norberto Ceresole
sobre la naturaleza del " trabajo " y de las funciones de esa organización dentro del Estado de Israel .
En el mes de mayo de 1987 , el Gabinete Ministerial del gobierno israelí constituyó una Comisión especial con el objetivo de encuadrar legalmente la práctica de la violencia ( tortura ) aplicada por los interrogadores de los Servicios Generales de Seguridad ( SGS ), israelíes , o Shin Beth , a los palestinos y otros árabes detenidos , tanto dentro de Israel como en los Territorios Ocupados ( TO ). Como presidente de esa Comisión fue nombrado un antiguo Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia de Israel , el Juez Moshe Landau .
La Comisión emitió un Informe , aún hoy vigente , pero en proceso de perfeccionamiento , como veremos luego , pocos meses después de constituida , el 30 de octubre de 1987 . Ese Informe se hizo público , excepto un Apéndice que hasta el momento permanece secreto . Han pasado diez años desde la publicación de ese vergonzoso Informe . Diez años durante los cuales hubo en Israel " alternancia en el poder ", pero ningún gobierno lo modificó ni lo sustituyó . Lo que demuestra , una vez más , que esas " alternancias en el poder " no son más que intrigas palaciegas , y que el engaño constituye una parte vital de la estrategia perenne del Estado judío .
La parte pública del Informe reveló que entre 1971 y 1986 los interrogadores de los Servicios Generales de Seguridad ( SGS ), o Shin Beth "... mentían sistemáticamente cuando eran citados por los tribunales de justicia para declarar sobre la forma en la que habían obtenido las confesiones de los detenidos . Según la Comisión , esto ocurría sobre todo en confesiones de detenidos de los Territorios Ocupados . La Comisión puso además de relieve que el uso de la fuerza física en los interrogatorios constituía un método oficialmente reconocido , aprobado y recomendado en el seno de las SGS " ( Informe : Presos Políticos Palestinos en Israel y Áreas Autónomas , Madrid , febrero de 1997 , editado por el Comité de Solidaridad con la Causa Árabe , con el patrocinio de Asociación contra la Tortura , Asociación Libre de Abogados , Comité de ONG para la Cuestión Palestina , Jueces para la Democracia y Unión Progresista de Fiscales ).
¿ Cuál fue la actitud y cuáles las " recomendaciones " de la Comisión Landau , ante esta práctica masiva de la tortura , que ya estaba " reconocida , aprobada y recomendada " dentro de los servicios de seguridad israelíes , o Shin Beth ?
De manera contundente la Comisión aseguró que esas " normas internas " eran básicamente lícitas , argumentando que "... los terroristas carecen de derecho moral alguno para exigir que el Estado les garantice los derechos civiles convencionales ", y que "... la actividad hostil terrorista justifica el uso del artículo 22 del Código Penal de Israel , referido al estado de necesidad , no sólo cuando la perpetración de un acto terrorista es inminente , sino también cuando sea posible y pueda ocurrir en cualquier momento . Así pues , la Comisión ,