GUÍA RÁPIDA DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS SOBRE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICI 1 | Page 41

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Conforme a lo expuesto, se tiene que las posiciones, dichos o aseveraciones de las partes que se expongan en la audiencia de conciliación podrán ser plasmadas en el acta de conciliación respectiva, siempre y cuando ambas partes conciliantes (solicitante e invitada) de manera expresa así lo convengan. Respuesta: El acta de conciliación no podrá contener las posiciones y propuestas de las par tes, salvo autorización expresa de ambas partes. Referencia: Informe N° 024-2015-JUS/DGDPAJ-DCMA/COP, del 18.9.2015. CONCLUSIÓN DE PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO 24. ¿Cómo debe concluirse el procedimiento conciliatorio cuando una de las partes se retira del Centro de Conciliación sin firmar el acta de conciliación ni consignar su huella digital? Análisis: El inciso f) del artículo 15° de la Ley de Conciliación prescribe que el conciliador puede concluir el procedimiento conciliatorio por decisión debidamente motivada en audiencia efectiva, cuando advierta la violación a los principios de la conciliación; cuando alguna de las partes se retire antes de la conclusión de la audiencia; o cuando estas se nieguen a firmar el acta de conciliación. En ese sentido, cuando en el procedimiento conciliatorio se adviertan los supuestos señalados en el párrafo precedente, el Conciliador concluirá el procedimiento utilizando el Formato de Tipo de Acta de Conciliación “O”, por decisión debidamente motivada del conciliador. Respuesta: En los casos que las partes, o alguna de ellas, se niegue a firmar y consignar su huella en el acta de conciliación, el Conciliador concluirá el procedimiento conciliatorio con acta de conciliación por decisión debidamente motivada del conciliador. 39