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Violación del Derecho de Libre Expresión del pensamiento El director de educación departamental, Carlos López, citó a los supervisores de Quetzaltenango para que aclararan por qué permitieron que los alumnos portaran mantas en rechazo al presidente Jimmy Morales. “Buscamos que no se repita en los siguientes desfiles, porque los niños pueden ser golpeados. Sabemos que hay dos grupos, uno a favor y otro en contra, por eso sancionaremos de forma administrativa a los responsables que portaron pancartas, no he recibido ninguna presión del ministro o presidente de la República”, comentó López. Ramón Yax, supervisor de educación primaria, respondió a la orden de López, de que se sancione administrativamente a los directores de los establecimientos que permitieron que se portaran las mantas. “Asumo la responsabilidad por no impedir que sacaran esa pancarta, sin embargo, tengo derecho de defensa, no me arrepiento, porque es el sentir de la mayoría de la población, podría ser una represión de parte del Gobierno, es una forma de callar el pueblo y romper la democracia”, comentó Yax. Artículo 35.- Libertad de emisión del pensamiento. Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna. Quien en uso de esta libertad faltare al respeto a la vida privada o a la moral, será responsable conforme a la ley. Quienes se creyeren ofendidos tienen derechos a la publicación de sus defensas, aclaraciones y rectificaciones.