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hacer ? ¿ Cómo puede un Estado cualquiera ser garante del privilegio a la vida , si en el seno de su propia sociedad , por un conjunto de precariedades y de limitaciones , hay congregaciones que la desprecian constante y reiteradamente ? ¿ Cómo pueden instaurarse las garantías procesales si la justicia no se administra pronta y cumplidamente , tal el mandato constitucional contenido en el artículo 207 ? ¿ Cómo , verdaderamente más allá de la misericordia religiosa , puede guardarse el respeto a la vida de quien se burló de ella de manera reiterada ? ¿ Qué garantías de reinserción pueden ofrecerse de quien abdicó de las más elementales normas de convivencia social y laceró con su brutalidad la vida de sus víctimas ?
¿ Cómo hemos de comportarnos en una sociedad que tampoco ha querido volver la vista hacia las personas que por una u otra razón entran en conflicto con las leyes ? Entonces , repregunto , ¿ qué hacer ? Si nos inclinamos en un sentido de los criterios apuntados y nos aunamos por la vida , las asociaciones delincuenciales continuarán en sus actitudes y acciones desafiantes . Las cárceles seguirán atiborrándose . El confinamiento ya está en un punto de hacinación . El infierno de tal encierro es patético y un tormento adicional .
Ante tales condiciones se pervierte aún más el antisocial . Se incrementan los rencores y aflora el sadismo y la barbarie al ejecutar nuevos hechos criminales . No es un círculo . Es una espiral que cada vez abarca a más personas , a más sectores , a más lugares . Nos orilla a perder territorio y a conformarnos con nuestros propios encierros y búsqueda de sensaciones de seguridad y tranquilidad . Ello explica las calles vedadas , las tiendas con barrotes , las colonias cerradas . Los muros y talanqueras ¿ Esa es la vida que queremos , parece que no es la solución ? ¿ Qué hacer ? Si por donde se mire la vida y la muerte también nos fracciona .
DERECHOS Y OBLIGACIONES OBRERO-PATRONALES
En una relación laboral existen dos sujetos , el patrono y el trabajador . El patrono , según el Código de Trabajo , es toda persona individual o jurídica que utiliza los servicios de uno o más trabajadores , en virtud de un contrato o relación de trabajo . A su vez , el mismo código establece que trabajador es toda persona individual que presta a un patrono sus servicios materiales , intelectuales o de ambos géneros , en virtud de un contrato o