ciertas condiciones: que sea realizado dentro del
Sistema Nacional Integrado de Salud, se ajuste a
los plazos determinados para cada causal y tras
5 días de reflexión después de asistir a una ins-
tancia informativa con un/a trabajador/a social,
médico/a y psicólogo/a. Su realización bajo otras
circunstancias sigue siendo un delito. Destaca que
el aborto solo requiere la solicitud de la mujer, sin
tener que mediar razones determinadas para la
realización; el plazo general son 12 semanas, ex-
tensible a 14 semanas en caso de violación, la que
debe ser denunciada, y sin plazo en caso de riesgo
de vida de la mujer o inviabilidad fetal. Otras espe-
cificidades de la ley muy importantes de destacar:
los casos son pesquisados y el proceso completo
se resuelve en su mayoría en la Red de Atención
de Primer Nivel y en casos excepcionales en el
nivel de especialidad. Pueden acceder mujeres
uruguayas, o extranjeras con al menos un año de
residencia en el país, los y las profesionales de la
salud involucrados pueden presentar Objeción de
Conciencia a la realización de la interrupción del
embarazo, y se reconoce la posibilidad de obje-
ción de ideario institucional, en donde una ins-
titución prestadora de servicios puede negarse a
entregar la prestación en cuestión (6).
Dentro del proceso la despenalización social y
legislativa de la interrupción voluntaria del embara-
zo, ha destacado la labor de varias organizaciones
sociales. Una de ellas, importante de mencionar es
Mujer y Salud en Uruguay (MYSU), organización
no gubernamental (ONG) que desde el 2004 reali-
za promoción y defensa de la salud y los derechos
sexuales y reproductivos a través de 4 líneas de tra-
bajo:1. Monitoreo de políticas públicas, 2. Incidencia
política con evidencia, 3. Comunicaciones y 4.
Asesoramiento, formación y capacitación de recur-
sos humanos. Esta organización permite usar la in-
formación recopilada en sus monitorizaciones como
herramientas técnico-políticas para incidir política-
mente. Además de destacar en su rol de democratiza-
ción de la información (7).
El objetivo de este artículo es, describir las per-
cepciones de actores que participan de la implemen-
tación de la Ley de IVE en Uruguay, levantando
observaciones a este proceso que pueden aportar a
la reflexión respecto del proceso en curso de imple-
mentación de la Ley 21.030 en nuestro país.
República de Uruguay en febrero del 2017 se rea-
liza esta exploración donde se utilizó una aproxi-
mación cualitativa mediante 5 entrevistas semi-es-
tructuradas a actores político-sociales vinculados
al tema de la despenalización social y legislativa, e
implementación de la interrupción voluntaria del
embarazo en Uruguay, sumado a una revisión de
documentos pertinentes a la temática.
Los/as participantes, actores político-sociales,
fueron seleccionados siguiendo la técnica bola
de nieve, donde el criterio de inclusión fue haber
participado activamente durante el proceso legis-
lativo y de monitorización de la Ley 18.987 que
despenaliza la interrupción voluntaria del emba-
razo en Uruguay.
Las entrevistas fueron realizadas a: a). Personal de
equipo de Interrupción Voluntaria del Embarazo
de Consultorios de la Red de Atención de Primer
Nivel (RAP) de la Administración de Servicios de
Salud del Estado (ASSE) de Uruguay, b) Equipo
Coordinador de Salud Sexual y Reproductiva de la
Red de Atención de Primer Nivel, c). Dirigenta de
Mujer y Salud Uruguay (MYSU), d). Integrante de
Cotidiano Mujeres, e) Mujeres en el Horno; como
también f). Funcionaria del Programa Nacional
de Salud de la Mujer y Género del Ministerio de
Salud Pública de Uruguay.
Las entrevistas fueron grabadas previa au-
torización de las y los participantes, posterior-
mente transcritas y analizadas manualmente. Se
contó con la supervisión de la Dra. Alejandra
López Gómez del Programa de Género, Salud
Reproductiva y Sexualidades del Instituto de Salud
de la Facultad de Psicología de la Universidad de
la República y Dra. Pamela Eguiguren Bravo del
Programa Salud y Comunidad de la Escuela de
Salud Pública de la Facultad de Medicina de la
Universidad de Chile.
RESULTADOS
A continuación, se presentan los principales te-
mas que emergieron, con énfasis en la identifica-
ción de barreras en la implementación de la ley
IVE en Uruguay:
ALTO PORCENTAJE DE OBJECIÓN DE
CONCIENCIA (OC)
“Hay que garantizar que la opinión o la objeción, la posi-
ción personal subjetiva de ese profesional no obture el proceso
y la decisión de la mujer, esa es la filosofía q ue hay detrás de
la objeción de conciencia” E5 funcionaria RAP.
Según datos de la monitorización realizada
por MYSU sobre el estado de situación de abor-
to en Uruguay, se observa que el 40% de los
DESCRIPCIÓN DEL MÉTODO DE
TRABAJO
En el marco de un internado electivo de la ca-
rrera de medicina realizado en la Universidad de la
Reyes C., et al.
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