Cuadernos Médicos Sociales 2018; Vol 58 N°2 | Page 70

ciertas condiciones: que sea realizado dentro del Sistema Nacional Integrado de Salud, se ajuste a los plazos determinados para cada causal y tras 5 días de reflexión después de asistir a una ins- tancia informativa con un/a trabajador/a social, médico/a y psicólogo/a. Su realización bajo otras circunstancias sigue siendo un delito. Destaca que el aborto solo requiere la solicitud de la mujer, sin tener que mediar razones determinadas para la realización; el plazo general son 12 semanas, ex- tensible a 14 semanas en caso de violación, la que debe ser denunciada, y sin plazo en caso de riesgo de vida de la mujer o inviabilidad fetal. Otras espe- cificidades de la ley muy importantes de destacar: los casos son pesquisados y el proceso completo se resuelve en su mayoría en la Red de Atención de Primer Nivel y en casos excepcionales en el nivel de especialidad. Pueden acceder mujeres uruguayas, o extranjeras con al menos un año de residencia en el país, los y las profesionales de la salud involucrados pueden presentar Objeción de Conciencia a la realización de la interrupción del embarazo, y se reconoce la posibilidad de obje- ción de ideario institucional, en donde una ins- titución prestadora de servicios puede negarse a entregar la prestación en cuestión (6). Dentro del proceso la despenalización social y legislativa de la interrupción voluntaria del embara- zo, ha destacado la labor de varias organizaciones sociales. Una de ellas, importante de mencionar es Mujer y Salud en Uruguay (MYSU), organización no gubernamental (ONG) que desde el 2004 reali- za promoción y defensa de la salud y los derechos sexuales y reproductivos a través de 4 líneas de tra- bajo:1. Monitoreo de políticas públicas, 2. Incidencia política con evidencia, 3. Comunicaciones y 4. Asesoramiento, formación y capacitación de recur- sos humanos. Esta organización permite usar la in- formación recopilada en sus monitorizaciones como herramientas técnico-políticas para incidir política- mente. Además de destacar en su rol de democratiza- ción de la información (7). El objetivo de este artículo es, describir las per- cepciones de actores que participan de la implemen- tación de la Ley de IVE en Uruguay, levantando observaciones a este proceso que pueden aportar a la reflexión respecto del proceso en curso de imple- mentación de la Ley 21.030 en nuestro país. República de Uruguay en febrero del 2017 se rea- liza esta exploración donde se utilizó una aproxi- mación cualitativa mediante 5 entrevistas semi-es- tructuradas a actores político-sociales vinculados al tema de la despenalización social y legislativa, e implementación de la interrupción voluntaria del embarazo en Uruguay, sumado a una revisión de documentos pertinentes a la temática. Los/as participantes, actores político-sociales, fueron seleccionados siguiendo la técnica bola de nieve, donde el criterio de inclusión fue haber participado activamente durante el proceso legis- lativo y de monitorización de la Ley 18.987 que despenaliza la interrupción voluntaria del emba- razo en Uruguay. Las entrevistas fueron realizadas a: a). Personal de equipo de Interrupción Voluntaria del Embarazo de Consultorios de la Red de Atención de Primer Nivel (RAP) de la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE) de Uruguay, b) Equipo Coordinador de Salud Sexual y Reproductiva de la Red de Atención de Primer Nivel, c). Dirigenta de Mujer y Salud Uruguay (MYSU), d). Integrante de Cotidiano Mujeres, e) Mujeres en el Horno; como también f). Funcionaria del Programa Nacional de Salud de la Mujer y Género del Ministerio de Salud Pública de Uruguay. Las entrevistas fueron grabadas previa au- torización de las y los participantes, posterior- mente transcritas y analizadas manualmente. Se contó con la supervisión de la Dra. Alejandra López Gómez del Programa de Género, Salud Reproductiva y Sexualidades del Instituto de Salud de la Facultad de Psicología de la Universidad de la República y Dra. Pamela Eguiguren Bravo del Programa Salud y Comunidad de la Escuela de Salud Pública de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile. RESULTADOS A continuación, se presentan los principales te- mas que emergieron, con énfasis en la identifica- ción de barreras en la implementación de la ley IVE en Uruguay: ALTO PORCENTAJE DE OBJECIÓN DE CONCIENCIA (OC) “Hay que garantizar que la opinión o la objeción, la posi- ción personal subjetiva de ese profesional no obture el proceso y la decisión de la mujer, esa es la filosofía q ue hay detrás de la objeción de conciencia” E5 funcionaria RAP. Según datos de la monitorización realizada por MYSU sobre el estado de situación de abor- to en Uruguay, se observa que el 40% de los DESCRIPCIÓN DEL MÉTODO DE TRABAJO En el marco de un internado electivo de la ca- rrera de medicina realizado en la Universidad de la Reyes C., et al. 68