CEC | Page 26

Título: Análisis de la responsabilidad patrimonial de los funcionarios de la administración pública de El Salvador

Autora: Laura Ximena Polanco Manzano

Asesor de contenido: Armando Laínez Olivares

Modalidad de trabajo: Ensayo de investigación

Programa: Maestría en Derecho Administrativo

La responsabilidad, en términos amplios, implica el deber de reparar un daño ocasionado a un tercero que no estaba en la obligación legal de soportarlo. Ello significa que, cuando se genera un daño, nace el deber de indemnizarlo por parte de quien lo ha generado o de quién la ley establezca que debe responder en ese caso

Ahora bien, respecto a la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública, debe tenerse en cuenta el principio general citado, con ciertas matizaciones debido a que no nos encontramos en una esfera donde el Estado actúe como sujeto de derecho privado, sino más bien en la realización de actos de poder público que ocasionan un daño a particulares. La responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas cumple, en primer lugar, la función de reparar el daño ocasionado por la actuación administrativa. En segundo lugar, realiza una función preventiva y, en tercer lugar, constituye un sistema que demarca qué actuaciones públicas generan el deber de indemnizar y cuáles no. Así, la responsabilidad patrimonial es un principio constitucional del Estado de Derecho, el cual consiste en que el poder se encuentra sujeto al derecho. A su vez, esto permite que se ejerza un control de la legalidad de los actos realizados por la Administración Pública.

Uno de los problemas fundamentales sobre el tema, es quién debe responder patrimonialmente por el daño causado al particular, es decir, si el Estado o el funcionario que actúa en nombre del Estado debe responder. Al respecto, la doctrina durante décadas ha creado teorías para lograr resolver el problema. Sin embargo, actualmente, la mayoría de países ha reconocido que la teoría de la responsabilidad objetiva y directa de la Administración Pública, es la más adecuada para garantizar a los particulares un verdadero Estado de derecho.

No obstante, en nuestra legislación aún prevalece la teoría de la responsabilidad por culpa, teniendo normas dispersas que regulan lo relativo a la responsabilidad patrimonial de la Administración, las cuales nos remiten a los tribunales comunes para obtener una indemnización por los daños ocasionados por la actuación administrativa, aplicado para ello normas de carácter civil. Estas normas, si bien han servido de base para la creación de la responsabilidad patrimonial de la Administración, no son suficientes. En este sentido, deben realizarse matizaciones a estos principios del derecho privado, ya que el Estado en este tipo de actuaciones ejerce su poder de imperio y no actúa en su carácter privado.

Por tal motivo, el objeto de la presente investigación fue analizar si los tribunales nacionales, por medio de su jurisprudencia, han logrado establecer de forma clara la norma jurídica y el proceso a seguir para exigir responsabilidad patrimonial a los funcionarios de la Administración Pública, y si ésta es eficaz para garantizar los derechos de los administrados.

Maestría en Derecho Administrativo