BRUJULA CIUDADANA Inseguridad y corrupción ¡YA BASTA! | Page 38

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LA COORDINACIÓN PARA LA SEGURIDAD : RESPONSABILIDAD O SIMULACIÓN POLÍTICA

María Elena Morera Mitre
Presidenta de Causa en Común

Desde el inicio del presente gobierno , los responsables de la seguridad implantaron el concepto de “ coordinación ” como eje medular de la estrategia nacional sobre el tema . “ Acciones coordinadas ”, “ grupos de coordinación ”, “ convenios de coordinación ”, se han instaurado en el lenguaje oficial cotidiano sobre la seguridad . Nadie en principio debería tener reparos sobre la necesidad de que las autoridades se coordinen , pero la pregunta es si el concepto describe una auténtica estrategia . Dado el crecimiento de los índices delictivos en prácticamente todo el país , es necesario evaluar el divorcio entre el discurso político en torno a la seguridad y las definiciones indispensables en torno a temas clave , como son la operatividad policial o el desarrollo mismo de las corporaciones de seguridad en el país .

De hecho , la coordinación en materia de seguridad pública se consagra desde 1994 en el artículo 21 de constitucional . Este precepto establece que la seguridad pública es una función a cargo de la federación , las entidades federativas y los municipios . También señala que el ministerio público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deben coordinarse para conformar el Sistema Nacional de Seguridad Pública .
En 2008 se reformó la Constitución a fin de facultar al Congreso para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la federación , los estados y los municipios , así como para establecer y organizar a las instituciones de seguridad pública en materia federal , de conformidad con lo establecido en el referido artículo 21 constitucional .