BRUJULA CIUDADANA El rumbo del federalismo | Page 44

42 lo envuelve , lleva una aportación doctrinaria del Derecho Constitucional jalisciense , cuyo propósito se dirigía a construir argumentos inteligentes , para modelar al país como una república federal , que terminaría por consolidar a la independencia nacional , de una vez por todas .
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42 lo envuelve , lleva una aportación doctrinaria del Derecho Constitucional jalisciense , cuyo propósito se dirigía a construir argumentos inteligentes , para modelar al país como una república federal , que terminaría por consolidar a la independencia nacional , de una vez por todas .

En cuanto al modelo del federalismo propuesto para la República Mexicana por Prisciliano Sánchez , es importante señalar que corresponde a los principios de soberanía popular y república representativa federal , que en su momento incorporó la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos , promulgada el 4 de octubre de 1824 .

Sin embargo , la conciliación de las ideas liberales necesarias para consolidar la tesis de la cosoberanía que propuso Prisciliano Sánchez desde 1823 , sigue significando una monumental asignatura , tanto teórica como práctica , para los servidores públicos que enfrentan en nuestro país con motivo de su trabajo cotidiano , la delgada frontera que divide los ámbitos de competencia de la federación y las entidades federativas respectivamente . Al respecto , afirma José Barragán Barragán que : “… La teoría clásica del federalismo no ha podido superar todavía algunas contradicciones que lleva en sus enunciados básicos . En efecto , frente a la teoría de la soberanía única , que es esencial a la idea de Estado , los federalistas sostienen la tesis de la cosoberanía , como elemento válido para explicar la presencia de estados soberanos en el interior del Estado federal ; y , frente a la teoría de la unidad del Estado , los federalistas sostienen la existencia de dos Estados en uno . (…) En suma , en mi opinión , el tomar lo federal como forma de gobierno en los términos de los textos mexicanos , favorece muchísimo y no trae ninguna de las complicaciones de las teorías clásicas , las cuales , al menos , no pueden , ni deben tomarse como explicación única posible del fenómeno federalista …” ( Barragán , 2007 , pp . 125-126 ).
No puedo pasar por alto la oportunidad de manifestar que en la actualidad subsisten los mismos problemas del federalismo decimonónico , es decir , está omnipresente la tendencia centralizadora para la toma de decisiones y la solución de los problemas