Boletín de costos ER 014 del CPC. Estuardo Ramos Boletín ER 014 | Page 3

enajenación de bienes, la renta bruta estará dada por la diferencia existente entre el ingreso neto total proveniente de dichas operaciones y el costo computable de los bienes enajenados, siempre que dicho costo esté debidamente sustentado con comprobantes de pago. El citado artículo 20° también dispone que se entiende por costo computable de los bienes enajenados, el costo de adquisición, producción o construcción o, en su caso, el valor de ingreso al patrimonio o valor en el último inventario determinado conforme a ley, más los costos posteriores incorporados al activo de acuerdo con las normas contables, ajustados de acuerdo a las normas de ajuste por inflación con incidencia tributaria, según corresponda. A su vez, refiere que se entiende por costo de adquisición: la contraprestación pagada por el bien adquirido, y los costos incurridos con motivo de su compra tales como: fletes, seguros, gastos de despacho, derechos aduaneros, instalación, montaje, comisiones normales, incluyendo las pagadas por el Abril 2017 enajenante con motivo de la adquisición de bienes, gastos notariales, impuestos y derechos pagados por el enajenante y otros gastos que resulten necesarios para colocar a los bienes en condiciones de ser usados, enajenados o aprovechados económicamente. De otro lado, el numeral 4 del inciso a) del artículo 11° del Reglamento de la LIR establece que en el caso de la enajenación de bienes o transferencia de propiedad a cualquier título, el costo computable será el valor en el último inventario, cuando el costo del bien se determine por alguno de los métodos de valuación previstos en los incisos a), b), d) y e) del artículo 62° de la LIR. 2. El artículo 62° de la LIR (1) señala que los contribuyentes, empresas o sociedades que, en razón de la actividad que desarrollen, deban practicar inventario, valuarán sus existencias por su costo de adquisición o producción adoptando cualquiera de los métodos a que allí se alude, siempre que se apliquen uniformemente de ejercicio en ejercicio; siendo que en el inciso b) del referido artículo se considera al método del promedio diario, mensual o [email protected] 03